Ley 744

GobiernoAdministrativa - División Política
Número de Edición744
Publication DateMay 28, 1985

LEY DE 15 DE ABRIL DE 1985

No 744

HERNAN SILES ZUAZO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

ARTICULO 1o.- Créase la quinta sección municipal de la Provincia Quillacollo del Departamento de Cochabamba, con Capital Colcapiruhua, comprendiendo las siguientes comunidades: Santa Rosa, Capacachi, Pojpo Collo, Iquircollo, Esquilan Suammpaya, Piñami Grande, Minero, Cielo Mocko, La Florida Piñami Chico y la parte Sur de Calajchullpa, Lanquenqueri y Cuatro Esquinas.

ARTICULO 2o.- Los límites son los siguientes: al Norte, con el cantón Tiquipaya; al Sur y al Oeste, con la capital de la Provincia Quillacollo, y al Este, con la Provincia Cercado.

ARTICULO 3o.- El Instituto Geográfico Militar, de conformidad al Artículo 6o del Decreto Supremo No 2282 de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones, levantar el plano correspondiente y fijar los hitos respectivos.

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