Ley 324

GobiernoAdministrativa - División Política
Número de Edición324
Publication DateFebruary 15, 1967

LEY NUMERO 324.

RENE BARRIENTOS ORTUÑO

Presidente Constitucional de la República

Por cuanto el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL,

Decreta:

ARTICULO 1º- Créase el cantón San Martín en la provincia Ladislao Cabrera del departamento de Oruro, con jurisdicción sobre las siguientes estancias: Circahuano, Catavi, Ancucala, Auquicollo, Copazailli, Tunavi, Lupuyo, Vilavila, CataviVinto, Chullucuma y Tajallica.

ARTICULO 2º- De conformidadal artículo 6º del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950, el Instituto Geográfico Militar queda encargado de la delimitación del nuevo cantón.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz,20 denoviembre de 1966.

(Fdo.) Edgar Jofré, Presidentedel H. Senado Nacional.- Jorge Ríos Gamarra, Presidentede la H. Cámara de Diputados.- Oscar Ortiz Avaroma, Senador Secretario; Tomás Guillermo Elío,Senador Secretario.-Víctor Hoz de Vila B...

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