Ley 2950

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Turística
Número de Edición2950
Publication DateFebruary 10, 2005

LEY Nº 2950

LEY DE 27 DE ENERO DE 2005

CARLOS D. MESA GISBERT

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Declárase de prioridad nacional la inversión económica para el circuito turístico rural en el Muncipio de Ravelo.

- Ruta Etnológica. Cuevas y rocas al aire libre con grabados y pinturas rupestres prehispánicas, que están ubicadas en Tanga Tanga y los túneles en Roca.

- Ruta Mitológica de Ayjatata. Calvario de Lukhiri, campana de piedra iglesia de roca, bombo, bastón, supay molino, sequía del molino, guitarra y el toro de piedra el ILLA.

ARTICULO 2º.- Se instruye al Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Educación, Ministerio de Desarrollo Económico, Prefectura del Departamento y el Gobierno Municipal de Ravelo, gestionar financiamiento ante organismos nacionales internacionales para la inversión, fomento y explotación de estos circuitos turísticos rurales dentro de la Provincia Chayanta, Segunda Sección Municipal del Departamento de Potosí.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales.

Es dada en la Sala de...

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