Ley 695

GobiernoAdministrativa - Monumento Nacional
Número de Edición695
Publication DateJanuary 17, 1985

LEY DE 7 DE ENERO DE 1985

No. 695

HERNAN SILES ZUAZO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1o

Declárase Monumentos Nacionales todos los mausoleos que guardan los restos de los Héroes de la Independencia, de la Campaña de la Confederación de las Guerras del Pacífico, del Acre, Manuripi y el de los Beneméritos de la Guerra del Chaco.

ARTICULO 2o

Las Alcaldías Municipales dictarán las ordenanzas nominando con placas alusivas los citados mausileos.

Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dado en la Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los dieciocho días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y cuatro años.

Fdo. Heberto Castedo Lladó, Samuel Gallardo Lozada, Mario Rolón Anaya, Luis Pelaez Rioja, Guido Camacho Rodriguez, Jaime Villegas Duran.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y...

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