Ley 292

GobiernoAdministrativa - Pensión Vitalicia
Número de Edición292
Publication DateMarch 18, 1964

LEY NUMERO 292

VICTOR PAZ ESTENSSORO

Presidente Constitucional de la República

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL

Decreta:

Artículo único Reajústesea la suma de cuatrocientos pesos bolivianos ($b. 400.- ) la pensión vitalicia otorgada mediante Resolución Suprema de fecha 19 de agosto de 1948, a favor de la señora Adela Reynolds v. de Reynolds, en reconocimiento a los relevantes servicios prestadosal país por el que fue su esposo don Gregorio Reynolds Ipiña, poeta laureado .

Este beneficioserá a partir de enero de 1964, debiendo la erogación correspondiente ser imputada en el ítem que actualmente percibe.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Senado Nacional.

La Paz,19 de diciembre de 1963.

(Fdo.) Adrián Barrenechea, Presidente...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT