Ley 266

GobiernoAdministrativa - División Política
Número de Edición266
Publication DateDecember 11, 1963

LEY NUMERO 266

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PresidenteConstitucional de la República

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL

Decreta:

Artículo 1º

Créase la segunda sección municipal de la provincia Frías del departamento dePotosí, cuya capital será la Villa de Yocalla, debiendo comprender los cantones Yocalla, Salinas de Yocalla, Urmiri y Santa Lucía.

Artículo 2º

De acuerdo al art. 6º del decreto supremo de 5 de diciembre de 1950, el Instituto Geográfico Militar queda encargado de efectuarlas operaciones de delimitación de la segunda sección municipal de la provincia Frías del departamento de Potosí.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz,5 de noviembrede 1963.

(Fdo.)José Hugo Vilar, Presidente del H. Senado Nacional.- Juán Sanjinés O., Presidente de la H. Cámara de Diputados.-Ismael Olivares, Senador Secretario.- OctavioRivadeneira, Senador Secretario.-Alfredo Aguirre, Diputado Secretario.- Jesús Suárez, Diputado Secretario.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, alos...

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