Ley 1816

GobiernoInternacional - Administrativo
Número de Edición1816
Publication DateDecember 19, 1997

LEY Nº 1816
LEY DE 16 DE DICIEMBRE DE 1997

JORGE QUIROGA RAMIREZ
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO UNICO.- De conformidad al artículo 59, atribución l2a. de la Constitución Política del Estado, se aprueba y ratifica el Convenio entre la República de Bolivia y el Reino de España para Evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal en Materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio suscrito en la ciudad de La Paz, a los 30 días del mes de junio de 1997.

Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los nueve días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y siete años.

Fdo. Wálter Guiteras Denis, Hormando Vaca Diez V.D., Gonzalo Molina...

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