Ley 2875

GobiernoAdministrativa - Presupuestaria
Número de Edición2875
Publication DateOctober 15, 2004

LEY N° 2875

LEY DE 8 DE OCTUBRE DE 2004

CARLOS D. MESA GISBERT

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1°.- El objeto de la presente Ley es determinar el pago de la deuda de la Empresa Unión Agroindustrial de Cañeros S.A. (UNAGRO), emergente de las obligaciones crediticias en Dólares Americanos y Libras Esterlinas contraídas con los bancos ingleses: Lloyd Bank Limited y Lloyd Bank Internacional, para la compra e instalación de maquinaria y equipo de un ingenio azucarero, adquiridos de la firma inglesa Tate and Lyle Enterprise Ltd., obligaciones que fueron avaladas por el ex Banco del Estado.

ARTICULO 2°.- El monto total adeudado por UNAGRO al Estado Boliviano, a la fecha, ha sido determinado por el Banco Central de Bolivia (BCB) mediante informe SOE DDE N° 606/2004, de fecha 12 de julio de 2004, correspondiente a las obligaciones de UNAGRO, avaladas por el ex Banco del Estado. Dicho informe fue enviado por el Banco Central de Bolivia al Ministerio de Hacienda y al Juez que conoce el proceso coactivo fiscal instaurado por el Servicio Nacional de Patrimonio del Estado (SENAPE) en contra de UNAGRO.

ARTICULO 3°.- Se establece que el procedimiento al que se sujetará el pago de la obligación en las instancias correspondientes y el Ministerio de Hacienda, es el siguiente:

  1. Dólares de los Estados Unidos de América: dos millones trescientos nueve mil doscientos treinta y siete ($us. 2.309.237.-) mediante Letra de Cambio, a ciento ochenta días a partir de la publicación de la presente Ley. Vencido el plazo UNAGRO deberá proceder al pago en efectivo de la suma establecida.

    b) Dólares de los Estados Unidos de América: diecisiete millones ($us. 17.000.000) mediante Letra de Cambio y a ciento ochenta días a partir de la publicación de la presente Ley. Vencido el plazo, UNAGRO deberá proceder a endosar, a favor del Ministerio de Hacienda, Bonos del Tesoro de los Estados Unidos de América con una maduración de hasta veintiséis (26) años, canjeándolos por la indicada Letra de Cambio.

  2. La suma de los acápites a) y b) hacen un total de Dólares de los Estados Unidos de América: diecinueve millones trescientos nueve mil doscientos treinta y siete ($us...

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