Ley 399

GobiernoAdministrativa - Presupuestaria
Número de Edición399
Publication DateMarch 13, 1968

LEY NUMERO 399

Hugo Bozo Alcócer

PRESIDENTE DEL H. CONGRESO NL.

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL H. CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO

Concédese la pensión vitalicia de Dos Mil Quinientos Pesos mensuales ($b. 2.500.- ) en favor del ciudadano Julián V. Montellano.

ARTICULO SEGUNDO

La partida correspondiente se imputará al presupuesto de Obligaciones del Estado de la gestión financiera de 1968.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 18de diciembre de 1967.

Fdo. Hugo Bozo Alcócer, Presidente del H. Senado Nacional; Jorge Ríos Gamarra, Presidente de la H. Cámara de Diputados; Oscar Ortiz Avaroma, Senador Secretario; Víctor Quinteros Rasguido, Senador Secretario; Germán Vargas Martínez, Diputado Secretario; José Calderón Llerena,, Diputado Secretario.

Por tanto, de conformidad con lo prescrito por el artículo 78 de la Constitución Política del Estado, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

Palacio Legislativo en la ciudad de La Paz, a...

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