Ley 2826

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Caminera
Número de Edición2826
Publication DateSeptember 27, 2004

LEY N° 2826

LEY DE 27 DE AGOSTO DE 2004

CARLOS D. MESA GISBERT

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1º.- En el marco de la declaratoria de prioridad nacional la promoción del desarrollo del Departamento de La Paz, se considera como una de las prioridades de la Prefectura de este Departamento, la ejecución de las obras de infraestructura vial para las Provincias José Manuel Pando, Pacajes y otras vecinas.

ARTICULO 2º.- Para cumplir con o señalado en el artículo anterior, la Prefectura del Departamento de La Paz, en coordinación con los Municipios involucrados y el respaldo del Tesoro General de la Nación, debe tomar las previsiones necesarias que le permitan la ejecución de las siguientes obras en las Provincias José Manuel Pando, Pacajes y otras vecinas:

- Asfaltado de la Ruta 104, entre Viacha - Thola Kollo - Hito IV.

- Construcción de puentes en el mismo Proyecto Achajahuira, Challajahiera, Suchini.

ARTICULO 3.- Para ejecutar las obras detalladas en el Artículo anterior, la Prefectura del Departamento de La Paz deberá prever en su...

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