Ley 2816

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Caminera
Número de Edición2816
Publication DateSeptember 21, 2004

LEY N° 2816

LEY DE 27 DE AGOSTO DE 2004

CARLOS D. MESA GISBERT

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Declárase de prioridad nacional y necesidad de estrategia geopolítica, la ampliación de la Ley N° 2204 de 23 de mayo de 2001, que comprenderá el asfaltado del Corredor de Exportación denominado Ruta Diagonal Jaime Mendoza, en el tramo caminero: Uncía - Macha - Ravelo - Sucre - Muyupampa, parte de la Red Vial Fundamental F - 6, ubicados en los Departamentos de Potosí y Chuquisaca, respectivamente.

ARTICULO 2°.- Instrúyase al Poder Ejecutivo otorgar los recursos económicos necesarios para la ejecución de dicho Proyecto de integración vial, en todas sus fases.

ARTICULO 3°.- Inscríbase en los documentos oficiales del Estado Boliviano, declarándose como: “Corredor Biocéanico de Exportación, Producción y Carretera Etno - Eco - Turística a la Ruta Diagonal Jaime Mendoza”, que comprende el tramo de la Red Viál Fundamental F - 6, (Oruro - Uncía - Sucre - Muyupampa - Boyuibe -...

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