Ley 4139

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Caminera
Número de Edición4139
Publication DateDecember 31, 2009

LEY Nº 4139

LEY DE 29 DE DICIEMBRE DE 2009

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

Artículo 1. Declárase de prioridad regional, el pavimentado del tramo carretero de las poblaciones de Chipaya, Provincia Sabaya, Concepción de Belén, Challacota, San Martín, Provincia Ladislao Cabrera del Departamento de Oruro.

Artículo 2. La Prefectura del Departamento de Oruro y los Gobiernos Municipales de Chipaya y Salinas de Garci Mendoza, quedan encargados de gestionar los recursos económicos para su ejecución.

Remítase al Órgano Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, al primer día del mes de diciembre de dos mil nueve años.

Fdo. Oscar Ortiz Antelo, Hilario Callisaya Quispe, Orlando Careaga...

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