Ley 4132

GobiernoAdministrativa - Patrimonio Histórico
Número de Edición4132
Publication DateDecember 31, 2009

LEY Nº 4132

LEY DE 29 DE DICIEMBRE DE 2009

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Porcuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

Artículo 1. Créase el Archivo Histórico Institucional del Departamento de Potosí, encargado de velar por la conservación y organización de los archivos oficiales, eclesiásticos o particulares que por su importancia puedan contribuir a la aplicación de nuestros conocimientos históricos y, en general a la afirmación de nuestra cultura.

Artículo 2. El archivo funcionará de acuerdo a normas y reglamentos del Viceministerio de Desarrollo de Culturas y tendrá como objetivo valorizar y aportar a la preservación, construcción y proyección de la identidad local y departamental mediante la conservación y exhibición pública de objetos de valor histórico, científico y cultural.

Artículo 3. Se autoriza a la Prefectura del Departamento y a las autoridades correspondientes a iniciar las gestiones para la construcción de la infraestructura necesaria y la asignación de los recursos, para la creación del Archivo Histórico Institucional del Departamento de Potosí.

Artículo 4. Se autoriza al Ministerio de Educación y Culturas, Viceministerio de Desarrollo de Culturas, Archivo Nacional y demás entidades e instituciones, entregar documentos y copias legalizadas de la documentación bibliográfica y documental del Departamento de Potosí y su Historia al Archivo Histórico Institucional del Departamento de Potosí.

Artículo 5. Se autoriza a la Cancillería de la República de Bolivia, para que inicie las gestiones ante los Gobiernos y sus Embajadas de: España, Argentina, Venezuela, Paraguay y Perú y...

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