Ley 1035

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Caminera
Número de Edición1035
Publication DateDecember 08, 1988

LEY DE 21 DE NOVIEMBRE DE 1988

No.- 1035

"1988 AÑO DE LOS FERROCARRILES DE BOLIVIA"

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL

D E C R E T A :

ARTICULO PRIMERO.- Declárase necesaria y urgente la realización de los trabajos de asfaltado del camino carretero Rio SEco - Tihuanacu - Guaqui - Desaguadero de la Provincia Ingavi, departamento de La Paz, con la finalidad de impulsar el desarrollo agropecuario, comercial y turístico de la mencionada región, en consideración a la importancia que esta reviste para la economía nacional, por su situación fronteriza con la República del Perú, su conexión con el sistema de transporte hidrográfico de la cuenca del Lago Titicaca y su relación con el transporte ferroviario La Paz - Guaqui que proyecte a los puertos peruanos del Océano Pacífico y constituirá un sector importante en el proyecto internacional y tripartito de vinculación Buenos Aires - La Paz - Matarani.

ARTICULO SEGUNDO.- Autorízase al Poder Ejecutivo a contratar los financiamientos internos y externos que sean necesarios para la ejecución de la citada obra, cuya contraparte financiera y efectivización será proporcionada y realizada por la...

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