Ley 1991

GobiernoAdministrativa - Transferencia De Inmueble
Número de Edición1991
Publication DateJuly 28, 1999

LEY Nº 1991

LEY DE 28 DE JULIO DE 1999

HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO.- Autorizar a Y.P.F.B., transferir el bien inmueble de su propiedad ubicado en el barrio Guadalquivir con una extensión superficial de 19.362 m2., a favor de la Prefectura del Departamento de Tarija.

ARTICULO SEGUNDO.- La transferencia se realizará a título oneroso en base al valor de libros del mencionado inmueble, mediante 10 cuotas anuales que serán previstas en la partida correspondiente del Presupuesto de la Prefectura de Tarija.

ARTICULO TERCERO.- El inmueble a transferirse tendrá como fin la construcción de un Coliseo Deportivo a cargo del presupuesto prefectural.

Pase al poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintitrés días del mes de julio de mil novecientos noventa y nueve años.

Fdo. Mario...

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