Ley 2323

GobiernoAdministrativa - División Política
Número de Edición2323
Publication DateFebruary 14, 2002

LEY Nº 2323

LEY DE 31 DE ENERO DE 2002

JORGE QUIROGA RAMIREZ

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

D E C R E T A:

ARTICULO 1º.Créase el Cantón “ISLA SURIQUI”, perteneciente a la Provincia Los Andes del Departamento de La Paz, comprendiendo las siguientes comunidades: Parití, Tirasca, Patapatani, Pachiri, Sucuto, Coyavi, Supicachi, Cayampaya, Paco Chachacomani y Quehuaya.

ARTICULO 2º.- Los límites de la nueva jurisdicción son: Al Norte con la Provincia Omasuyos, al Este con el Cantón Puerto Pérez de la Provincia Los Andes; al Oeste con la República del Perú y al Sud, con la Provincia Ingavi del Departamento de La Paz.

ARTICULO 3º.- El Instituto Geográfico Militar, de conformidad con el Artículo 29ª de la Ley Nº 2150, de 20 de noviembre de 2000, Unidades Político Administrativas, queda encargado de efectuar las delimitaciones, levantar el plano correspondiente y fijar los hitos respectivos.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

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