Case of Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº of November 20, 2013 - Case Law - VLEX 480375590

Case of Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº of November 20, 2013

Docket Number41952
Date20 November 2013
CourtSala de Casación Penal
Subject MatterDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

Magistrado Ponente:

L.G.S.O.

Aprobado Acta No. 386

Bogotá, D.C., veinte (20) de noviembre de dos mil trece (2013)

ASUNTO

Decide la Corte sobre la admisibilidad de las demandas de casación presentadas por los defensores de C.D.M.R. y R.M.Á.V., contra la sentencia anticipadamente proferida por aceptación de cargos por el Tribunal Superior de Quibdó el 18 de octubre de 2012, confirmatoria en lo fundamental de la impartida en primera instancia por el Juzgado Penal del Circuito Especializado Adjunto de la misma ciudad, que condenó a M. a la sanción privativa de la libertad de 82 meses de prisión y multa en el equivalente a 7428 s.m.l.m. como responsable de los delitos de concierto para delinquir agravado, desplazamiento forzado e invasión de área de especial importancia ecológica y a Á. a 52 meses de prisión y multa en el equivalente a 3380 s.m.l.m. por el delito de concierto para delinquir agravado.

HECHOS Y ACTUACIÓN RELEVANTE

Acoge la Sala la adecuada síntesis de los hechos que consta en la sentencia impugnada, así:

“Por denuncia que presentaron L.M.C.M. y M.D.B., en condición de representantes de los consejos comunitarios de las cuencas de los ríos Curvaradó y Jiguamiandó, al igual que por solicitud del director de la corporación regional Codechocó, se supo que en el mes de febrero de 1997, tuvo lugar la denominada operación ‘Génesis’, en la que miembros de las autodefensas campesinas de Córdoba y Urabá y efectivos de la Brigada XVII del Ejército Nacional incursionaron de manera violenta en las cuencas de los ríos Cacarica, Salaquí y Truandó del municipio de Riosucio, C., ofensiva militar que se extendió al bajo Atrato chocoano, jurisdicción del Carmen del Darien, donde sistemáticamente ejecutaron actos hostiles contra las comunidades afrodescendientes pobladoras de las cuencas de los ríos mencionados, lo cual ocasionó su desplazamiento de la zona.

En este contexto, a partir del año dos mil (2000), empresas privadas, cuyo objeto es el cultivo de palma o la ganadería extensiva, entre las que se encuentran: Urapalma S.A., Palmas de Curvaradó S.A., Palmura S.A., Palmadó Ltda., Inversiones Agropalma & Cía Ltda., Palmas S.A., Palmas de Bajirá e Inversiones Fregni Ochoa, entre otras, se asentaron en la cuenca del Curvaradó y Jiguamiandó con el objeto de implementar un proyecto agroindustrial enfocado principalmente en la explotación de la palma de aceite.

Sus representantes legales y/o socios, apoyados en miembros de las autodefensas, emprendieron la tarea de darle visos de legalidad a la ocupación de las tierras, para lo cual acudieron a varias figuras contractuales entre las que destacan la compraventa de predios cuyo número de hectáreas se incrementó notoriamente mediante la figura de la accesión, la relacionada con terrenos de restringida enajenación a precios irrisorios soportadas en documentos falsos, ora suscripciones de compraventas de usufructos, mejoras, posesiones y la compra de posesiones de personas fallecidas años anteriores, operaciones que además sirvieron para respaldar créditos bancarios y obtener incentivos estatales, por considerables sumas de dinero.

En este sentido, la adquisición irregular de los terrenos y posteriores plantaciones de palma de aceite, obedeció a una organización que contó con el apoyo de grupos armados ilegales, paramilitares, lo cual suscitó el desplazamiento de los integrantes de comunidades asentadas en las cuencas de los ríos Jiguamiandó y Curvaradó, donde actualmente se observan sendas plantaciones de palma, ocasionando, además, un impacto ambiental negativo en zonas declaradas reserva forestal”.

Iniciadas por estos hechos profusas investigaciones que finalmente fueron aunadas a la presente y proferido auto cabeza de proceso el 20 de diciembre de 2007, se produjo la vinculación de diversas personas, entre quienes estuvieron C.D.M.R. (21 de abril de 2008) y R.M.Á.V. (21 de octubre de 2008).

Mediante resolución del 18 de mayo de 2010 la Unidad Nacional de Derechos Humanos les resolvió su situación jurídica con imposición de medida de aseguramiento consistente en detención preventiva por los delitos de desplazamiento forzado, concierto para delinquir agravado e invasión de áreas de especial importancia ecológica.

El 26 de julio de 2010 y el 23 de noviembre siguiente M.R. y Á.V. ampliaron su indagatoria, manifestando su disposición de aceptar los cargos que les eran imputados (este último parcialmente), propósito para el cual se convocó a diligencia de...

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