Introducción

AuthorYan VERA TOSTE
ProfessionDoctor en Ciencias jurídicas (2005) y Profesor Auxiliar (2007).
Pages13-22
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AUTORÍA Y PARTICIPACIÓN
Dr. Yan VERA TOSTE
Capítulo Primero
Introducción
“Una de las cuestiones más complejas y que afectan
a la teoría del delito es él referente a la autoría.” 1
Jacobo LÓPEZ BARJA DE QUIROGA
Como bien expresa BARJA DE QUIROGA en la frase que nos sirvió como exordio a este
capítulo, la problemática en el ámbito doctrinal y jurídico, en torno a la determinación
de la autoría y las distintas formas de participación, aún en nuestros días, es asunto
bastante discutido y al cual se ofrecen no pocas y disímiles soluciones.
El delito es un hecho vinculado a la vida social ejecutado solamente por los seres
humanos: es conducta humana.2 De la lectura prima facie del apartado 1 del artículo 8
del Código penal cubano, se desprende esta conclusión: se considera delito toda acción
u omisión socialmente peligrosa, prohibida por la ley bajo la conminación de una
sanción penal.
Si analizamos cada uno de los tipos penales previstos en la Parte Especial del Código
penal cubano, nos percataremos que salvo contados casos en que, es necesaria la
concurrencia de varios sujetos para que se corporifique el tipo penal (delitos
plurisujetivos, colectivos o de participación necesaria), la inmensa mayoría de éstos, se
encuentran formulados sobre la base de un solo sujeto. De ahí que, cuando el delito es
cometido por una sola persona, no existe dificultad, por generalidad, en determinar su
responsabilidad. El problema surge cuando en su realización intervienen varios sujetos.
1 LÓPEZ BARJA DE QUIROGA, Jacobo: Autoría y participación, ed. Akal S.A., 1996, p. 17.
2 Todo tipo penal se encuentra estructurado en base a una acción u omisión, entendida, en una
primera aproximación, como comportamiento de un sujeto. Aunque esta idea esta más que clara
en nuestros días, en el medioevo no fue entendida así y se pueden constatar diversas desviaciones
de la justicia penal, aplicándose a los animales y muertos, aunque disposiciones legales relativas a
la represión de ciertos delitos cometidos por animales, se encontraban en el Derecho penal
hebreo, árabe, persa y griego de la edad antigua, así como en el Derecho egipcio, griego y romano
se establecieron procesos penales en contra de los muertos. Vid. C
EJAS SÁNCHEZ, Antonio:
Criminología, ed. Universitaria, La Habana, 1965, pp. 191 y ss.

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