Compendio Audelco de Prevención de Riesgos Laborales (2002)
Audelco - Señalización de seguridad y salud en el trabajo
Section: Disposiciones mínimas del desarrollo de la ley
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El Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, establece las disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo.
El simple hecho de localizar un riesgo e informar del mismo, supone para los trabajadores una referencia importante en la prevención de los accidentes laborales. LA TECNICA DE SEÑALIZACIÓN contribuye a alcanzar el objeto establecido en el apartado anterior, pero hay que tener en cuenta que no elimina el riesgo, ni exime de adoptar otras medidas de mayor carácter práctico. Para emplear la SEÑALIZACIÓN correctamente deberá conocerse el riesgo y, en base al mismo, emplear la señal más apropiada. La formación del colectivo laboral será un aspecto de fundamental importancia en el nivel EFICACIA de la señalización empleada. La técnica ORIENTADORA - SEÑALIZACIÓN es una actividad más a incluir en un plan general de Prevención de los Riesgos Laborales en donde, además de ser una actitud colectiva con objetivos comunes, deberá enfocarse hacia la MEJORA DE LA CALIDAD DE VIDA LABORAL.
Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. - Artículo 14
REAL DECRETO 485/1997, de 14 de Abril, sobre Disposiciones minimas en materia de SeÑalizacion de Seguridad y Salud en el Trabajo. de 14 de Abril, sobre Disposiciones minimas en materia de SeÑalizacion de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Condiciones de trabajo
Prevención de riesgos laborales
Delitos
Delitos contra los derechos de los trabajadores
Delitos contra la seguridad en el trabajo
Prevención de riesgos laborales
Señalización de seguridad y salud en el trabajo
LEGISLACIÓN:
Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo. SEÑALIZACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO El Real Decreto 485/1997, establece el conjunto de obligaciones específicas relativas a la señalización que incumben a los empresarios. La señalización debe emplearse siempre como una técnica auxiliar que complementa el resto de las medidas a tomar; su uso por lo tanto, será comedido y preferentemente en algunas de las siguientes situaciones: Cuando no sea posible eliminar el riesgo al proyectar la instalación. Cuando no se puedan instalar los adecuados sistemas de ...Try vLex for FREE for 3 days
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