Compendio Sagardoy de Derecho del Trabajo (2001)
Sagardoy Abogados
Section: Contratos de trabajo por tiempo indefinido
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Id. vLex: VLEX-128932
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Fomento de la contratación indefinida.
Finalidad y objeto. Forma. Sujetos. Modalidades. Contratos indefinido “ab initio”. Transformación de contratos temporales, incluida la modalidad de fijo discontinuo, en indefinidos. Contratos de trabajo con personas en situación de exclusión social. Bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social. a) Bonificación en las cuotas empresariales por contingencias comunes para “empresas ordinarias”. b) Bonificación en las cuotas empresariales por contingencias comunes para trabajadores autónomos. c) Bonificaciones en las cuotas empresariales por contingencias comunes por transformación en indefinidos de los contratos temporales, incluida la modalidad de fijo discontinuo. d) Bonificación en las cuotas empresariales por contingencias comunes por la contratación de persona en situación de exclusión social. e) Bonificaciones de cuotas de Seguridad Social para los trabajadores en períodos de descanso por maternidad adopción y acogimiento preadoptivo o permanente y por riesgo durante el embarazo. Exclusiones. Concurrencia de bonificaciones. Incompatibilidades. Reintegro de beneficios. Financiación y control de los incentivos. Extinción del contrato.Modalidades de contratación: Fomento de la contratación indefinida
6.1.2. Fomento de la contratación indefinida
Está regulado en la disposición adicional primera de la {Ley 12/2001 de 9 de julio de Medidas Urgentes de Reforma del Mercado de Trabajo para el incremento del empleo y la mejora de su calidad; vid=1.191913265.3}. 6.1.2.1. Finalidad y objeto Esta modalidad de contrato de trabajo se establece para facilitar la colocación estable de trabajadores desempleados o sujetos a contratos temporales y su objeto no es otro que el del fomento de la contratación indefinida. 6.1.2.2. Forma Se exige forma escrita, prevista en el modelo oficial correspondiente. 6.1.2.3. Sujetos a) Desempleados, inscritos en la Oficina de empleo, en quienes concurran algunas de las siguientes condiciones: · Jóvenes de 16 a 30 años ambos inclusive; · Mujeres desempleadas en sectores con menor empleo femenino; · Mayores de 45 años; · Parados con un mínimo de 6 meses de antigüedad; · Minusválidos y · Perceptores del subsidio por desempleo a favor de los trabajadores incluidos en el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social, incluidos en alguno de lo...
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