max.mobil Telekommunikation Service/Comisión

Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas


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Artículo 90, apartado 3, del Tratado CE (actualmente artículo 86 CE, apartado 3) - Importe de los cánones impuestos por la República de Austria a los operadores GSM - Denuncia - Desestimación parcial de la denuncia - Admisibilidad - Infracción de los artículos 86 del Tratado CE (actualmente artículo 82 CE) y 90 del Tratado CE - Motivación.

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max.mobil Telekommunikation Service/Comisión

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA

(Sala Segunda ampliada)

de 30 de enero de 2002 (1)

«Artículo 90, apartado 3, del Tratado CE (actualmente artículo 86 CE, apartado 3) - Importe de los cánones impuestos por la República de Austria

a los operadores GSM - Denuncia - Desestimación parcial de la denuncia - Admisibilidad - Infracción de los artículos 86 del Tratado CE (actualmente artículo 82 CE) y 90 del Tratado CE - Motivación»

En el asunto T-54/99,

max.mobil Telekommunikation Service GmbH, con domicilio social en Viena (Austria), representada por los Sres. S. Köck, M. Pflügl, M. Esser-Wellié y M. Oder, abogados, que designa domicilio en Luxemburgo,

parte demandante,

contra

Comisión de las Comunidades Europeas, representada por los Sres. W. Mölls y K. Wiedner, en calidad de agentes, que designa domicilio en Luxemburgo,

parte demandada,

apoyada por

Reino de los Países Bajos, representado por el Sr. M.A. Fierstra y las Sras. J. van Bakel y H.G. Sevenster, en calidad de agentes, que designa domicilio en Luxemburgo,

parte coadyuvante,

que tiene por objeto un recurso de anulación parcial de la Decisión n. IV-C1/ROK D(98) de la Comisión, de 11 de diciembre de 1998, en la parte en que desestima la denuncia de la demandante según la cual la República de Austria infringió los artículos 86 y 90, apartado 1, del Tratado CE (actualmente artículos 82 CE y 86 CE, apartado 1), al fijar el importe del canon que debe abonar la demandante por la obtención de una concesión GSM,

EL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA

DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS (Sala Segunda ampliada),

integrado por los Sres. A.W.H. Meij, Presidente, K. Lenaerts, M. Jaeger, J. Pirrung y N.J. Forwood, Jueces;

Secretario: Sr. H. Jung;

habiendo considerado los escritos obrantes en autos y celebrada la vista el 2 de mayo de 2001;

dicta la siguiente

Sentencia

Hechos que originaron el litigio

1.

El primer operador de una red GSM que apareció en el mercado austriaco es Mobilkom Austria AG (en lo sucesivo, «Mobilkom»), algunas de cuyas accionespertenecen aún al Estado austriaco a través de Post und Telekom Austria AG (en lo sucesivo, «PTA»). La demandante, la sociedad austriaca max.mobil Telekommunikation Service GmbH, se introdujo en el mercado en octubre de 1996, como segundo operador GSM. Un tercer operador, Connect Austria GmbH, a quien se adjudicó una concesión a principios de agosto de 1997, se introdujo también posteriormente en dicho mercado. Al interponerse el presente recurso Connect Austria operaba exclusivamente según las normas técnicas de comunicación DCS 1800. Antes de que la demandante se introdujera en el mercado, la administración austriaca de correos y telégrafos (Österreichische Post- und Telegraphenverwaltung) disponía de un monopolio legal en todo el sector de la telefonía móvil y, en particular, explotaba las redes analógicas de telefonía móvil «C-Netz» y «D-Netz», así como la red GSM conocida com...

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