Recurso de Amparo
nº
453/1983, Reporting Judge Don Luis Díez-Picazo y Ponce de León
Case Law No.27/1984
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Id. vLex: VLEX-15034671
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1. El art. 24 de la C. E. no supone la exigencia de que, cada vez que en un proceso se propone o surge una excepción frente a la acción ejercitada, se articule, en reconocimiento del derecho constitucional a la defensa jurídica, un nuevo trámite de alegaciones para que el demandante pueda ser oído sobre esta materia.2. Para cumplir los requisitos del art. 24 de la C. E. es suficiente con que en el proceso se dé a las partes la oportunidad de ser oídas, de realizar alegaciones y de proponer y practicar pruebas, pero no son necesarios los trámites de réplica frente a la contestación o de súplica frente a la réplica, o los que sucesivamente se pudieran ir imaginando.3. En aquellos procesos en que las fases de aportación de hechos se comprimen por necesidades de economía procesal, el demandante tiene la carga de cubrir las posibilidades de impugnación que la acción que propone presente, y si no lo hace es a él a quien el defecto es imputable.
APPLIES
Constitución Española de 1978.

Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil - Artículos 372 , 542
Constitución Española de 1978. - Artículos 24 , 124
Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional. de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional. - Artículo 55
Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral. de 7 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral. - Artículo 76
Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal. de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.
Ley 46/1977, de 15 de octubre, de Amnistía. de 15 de octubre, de Amnistía.
Ley 1/1984, de 9 de Enero, de adicion de Un nuevo articulo a la Ley 46/1977, de 15 de Octubre. de 9 de Enero, de adicion de Un nuevo articulo a la Ley 46/1977, de 15 de Octubre.
Ejecución
Cuestiones generales
Partes
Ejecución frente al deudor solidario
Procedimiento laboral
Principios del proceso y deberes procesales
Error judicial
Procedimiento laboral
Proceso ordinario
Actos preparatorios
Prueba
Prueba testifical
Intervención de las partes
Case of Tribunal Constitucional - Sala Segunda nº 27/1984, of February 24, 1984
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por don Jerónimo Arozamena Sierra, Presidente, y don Francisco Rubio Llorente, don Luis Díez-Picazo y Ponce de León, don Francisco Tomás y Valiente, don Antonio Truyol Serra y don Francisco Pera Verdaguer, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo tramitado con el núm. 453/1983 del Registro General, interpuesto por el Procurador de los Tribunales don Fernando A. M., asistido por el Letrado don Juan F. J. C., en nombre de doña Ana M. M. G., en impugnación de la Sentencia del Tribunal Central de Trabajo, de 19 de mayo de 1983, desestimatoria de un recurso de suplicación interpuesto contra Sentencia de la Magistratura de Trabajo de Alava de 30 de diciembre de 1982, en juicio seguido por la recurrente contra el «Banco Hispano Americano, S. A.», el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Mutualidad Laboral de Banca, sobre amnistía laboral. En el proceso ha sido parte el Fiscal General, el Abogado del Estado y el Procurador de los Tribunales don José G. W., asistido del Letrado don Emilio R. J., en nombre del Instituto Nacional de la Seguridad Social. Ha sido Ponente el Magistrado don Luis D. P. y P. L., quien expresa el parecer de la Sala. I. Antecedentes 1. Don Eugenio S. Z. prestó sus servicios en el Banco Hispano Americano, de la ciudad de Vitoria, desde el año 1929 hasta el mes de julio de 1936, primero con la categoría profesional de botones y más adelante como auxiliar administrativo. Durante la guerra civil sirvió en las filas del Ejército de la República y por ello al final de la guerra fue juzgado y condenado. Al ser puesto en libertad intentó su reincorporación al Banco Hispano Americano, pero ésta le fue denegada. Don Eugenio S. Z. falleció en Vitoria el 19 de marzo de 1957, encontrándose, al fallecer, casado con doña Ana M. M. G., la cual, el 15 de octubre de 1982 presentó ante la Magistr...
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