Recurso de Amparo
nº
61/1983, Reporting Judge Don Francisco Pera Verdaguer
Case Law No.70/1983
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Id. vLex: VLEX-15034753
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1. El Tribunal Constitucional no censura la interpretación de la legalidad ordinaria de los Jueces y Tribunales ordinarios salvo que se hayan violado garantías constitucionales que afecten a los derechos y libertades fundamentalmente protegidos.2. El distinto tratamiento temporal de situaciones iguales no vulnera el art. 14 de la C.E. en el caso de las sucesivas alteraciones de los preceptos rectores de prestaciones pasivas de la Seguridad Social.
APPLIES
Constitución Española de 1978.

Constitución Española de 1978. - Artículos 14 , 41
Igualdad ante la ley
Regulación constitucional
Accidente de trabajo
Accidente en misión
Accidente de trabajo
Acción protectora de la Seguridad Social
Seguridad social
Derecho de los ciudadanos
Confesiones religiosas
Libertad religiosa
No discriminación por motivos religiosos
Case of Tribunal Constitucional - Sala Segunda nº 70/1983, of July 26, 1983
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por don Jerónimo Arozamena Sierra, Presidente, y don Francisco Rubio Llorente, don Luis Díez-Picazo y Ponce de León, don Francisco Tomás y Valiente, don Antonio Truyol Serra y don Francisco Pera Verdaguer, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo promovido por doña Iluminada G. M., representada por el Procurador de los Tribunales don Julián Z. D. y bajo la dirección del Letrado don Carlos G. M., contra Sentencia del Tribunal Central de Trabajo revocatoria de la dictada por la Magistratura de Trabajo núm. 1 de Burgos que h...
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