BOE. Boletín Oficial del Estado, May 25, 1999 (Nbr. 124)
I - Disposiciones Generales - Comunidad Autonoma de Madrid
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Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. - Artículo 131
Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid. de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid.
Constitución Española de 1978. - Artículo 9
LEY 8/1993, de 22 de Junio, de Promocion de la accesibilidad y supresion de Barreras arquitectonicas. de 22 de Junio, de Promocion de la accesibilidad y supresion de Barreras arquitectonicas.
LEY 8/1995, de 28 de Marzo, de Ordenacion del Turismo en la Comunidad de Madrid. de 28 de Marzo, de Ordenacion del Turismo en la Comunidad de Madrid.
LEY 23/1998, de 21 de diciembre, sobre el acceso de las personas ciegas o con deficiencia visual usuarias de perro guía al entorno.
LEY 23/1998, de 21 de diciembre, sobre el acceso de las personas ciegas o con deficiencia visual usuarias de perro guía al entorno.
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD DE MADRIDHago saber que la Asamblea de Madrid ha aprobado la presente Ley, que yo, en nombre del Rey, promulgo.PREÁMBULOEl artículo 9.2 de la Constitución Española establece que corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas, así como remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social. Dicho mandato debe ponerse en relación con el principio rector de la política social y económica enunciado por el artículo 49 de la Norma fundamental, que se refiere a la obligación de los poderes públicos de realizar una política de previsión e integración en relación con los disminuidos físicos y sensoriales, entre otros colectivos.L...
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