BOE. Boletín Oficial del Estado, August 24, 1999 (Nbr. 202)
I - Disposiciones Generales - Comunidad Autonoma de Catalu?a
Permanent Link:
http://vlex.com/vid/15036037
Id. vLex: VLEX-15036037
Click here to download this article in graphic format (Acrobat Reader)
CHANGED by
LEY 7/2004, de 16 de julio, de medidas fiscales y administrativas.
LLEI 7/2004, de 16 de juliol, de mesures fiscals i administratives.

Código Civil. - Artículo 1905
LEY 3/1994, de 20 de abril, de Modificacion de la Ley 3/1988, de Proteccion de los animales. de 20 de abril, de Modificacion de la Ley 3/1988, de Proteccion de los animales.
Ley 3/1988, de 4 de Marzo, por la que se autoriza la Participacion de España en el Organismo multilateral de Garantia de Inversiones. de 4 de Marzo, por la que se autoriza la Participacion de España en el Organismo multilateral de Garantia de Inversiones.
Ley Orgánica 4/1979, de 18 de diciembre, de Estatuto de Autonomía de Cataluña de 18 de diciembre, de Estatuto de Autonomía de Cataluña - Artículo 33
LEY 10/1999, de 30 de julio, sobre tenencia de perros considerados potencialmente peligrosos.
LEY 10/1999, de 30 de julio, sobre tenencia de perros considerados potencialmente peligrosos.
EL PRESIDENTE DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑASea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Cataluña ha aprobado y yo, en nombre del Rey de acuerdo con lo que establece el artículo 33.2 del Estatuto de Autonomía de Cataluña, promulgo la siguiente Ley 10/1999, de 30 de julio, sobre la tenencia de perros considerados potencialmente peligrosos.La Ley 3/1988, de 4 de marzo, de Protección de los Animales, dispone en el artículo 5 que el poseedor de un animal, sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria del propietario o propietar...
If you are already a vLex customer, Access Here