BOE. Boletín Oficial del Estado, November 24, 1999 (Nbr. 281)
I - Disposiciones Generales - Ministerio de la Presidencia
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DEVELOPS
REAL DECRETO 390/1998, de 13 de marzo, por el que se regulan las funciones y la estructura organica de las delegaciones de economia y hacienda.
CHANGED by
ORDEN PRE/912/2002, de 18 de abril, por la que se modifica parcialmente la de 18 de noviembre de 1999 por la que se desarrolla el Real Decreto 390/1998, de 13 de marzo, que regula las funciones y la estructura orgánica de las Delegaciones de Economía y Hacienda.
CORRECTED by
CORRECCIÓN de errores de la Orden de 18 de noviembre de 1999, por la que se desarrolla el Real Decreto 390/1998, de 13 de marzo, que regula las funciones y la estructura orgánica de las Delegaciones de Economía y Hacienda.
PARTIALLY REPEALED by
Real Decreto 1456/2005, de 2 de diciembre, por el que se regulan las Direcciones Territoriales y Provinciales de Comercio.
Real Decreto 417/2006, de 7 de abril, por el que se desarrolla el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo.
Orden EHA/2386/2007, de 26 de julio, por la que se determina el ámbito territorial de los Consejos Territoriales de la Propiedad Inmobiliaria de Madrid y Barcelona y se establece el procedimiento de designación de los representantes locales en diversos órganos colegiados.

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
REAL DECRETO 390/1998, de 13 de marzo, por el que se regulan las funciones y la estructura organica de las delegaciones de economia y hacienda. de 13 de marzo, por el que se regulan las funciones y la estructura organica de las delegaciones de economia y hacienda. - Artículos 7 , 9
LEY 13/1996, de 30 de Diciembre, de Infracciones en materia de Vivienda. de 30 de Diciembre, de Infracciones en materia de Vivienda.
REAL DECRETO 2188/1995, de 28 de Diciembre, por el que se desarrolla el Regimen del Control interno ejercido por la Intervencion general de la administracion del Estado. de 28 de Diciembre, por el que se desarrolla el Regimen del Control interno ejercido por la Intervencion general de la administracion del Estado.
LEY 14/1996, de 30 de Diciembre, de Cesion de Tributos del Estado a las Comunidades autonomas y de Medidas fiscales complementarias. de 30 de Diciembre, de Cesion de Tributos del Estado a las Comunidades autonomas y de Medidas fiscales complementarias.
REAL DECRETO 1884/1996, de 2 de agosto, de Estructura organica basica del Ministerio de Economia y Hacienda. de 2 de agosto, de Estructura organica basica del Ministerio de Economia y Hacienda.
ORDEN de 18 de noviembre de 1999 por la que se desarrolla el Real Decreto 390/1998, de 13 de marzo, que regula las funciones y la estructura orgánica de las Delegaciones de Economía y Hacienda.
ORDEN de 18 de noviembre de 1999 por la que se desarrolla el Real Decreto 390/1998, de 13 de marzo, que regula las funciones y la estructura orgánica de las Delegaciones de Economía y Hacienda.
El Real Decreto 390/1998, de 13 de marzo, por el que se regulan las funciones y la estructura orgánica de las Delegaciones de Economía y Hacienda, configura a éstas como servicios no integrados en las Delegaciones del Gobierno, desarrollando las disposiciones relativas a la regulación básica de las primeras y de sus titulares y las funciones de las Dependencias de Intervención y de las que ejercen funciones de Organismos Autónomos (Estadística y Loterías y Apuestas del Estado). Asimismo, establece una única Dependencia de Comercio en las Delegaciones. La presente Orden completa la estructura orgánica de las Delegaciones de Economía y Hacienda; en particular, desarrolla las funciones de las Dependencias Regionales respecto a las Unidades de ámbito inferior, así como las funciones y estructura de éstas. También lleva a efecto la integración en una única Dependencia de Dirección Regional o Territorial de Comercio, de la estructura anterior de las Direcciones Territoriales y Provinciales de Comercio y los Centros de Asistencia Técnica e Inspección de Comercio Exterior, en aras de una mayor racionalización de los recursos y de un más eficaz desempeño de las funciones encomendadas. Idéntico criterio se adopta en relación con la Secretaría General que asume las funciones de Clases Pasivas, Patrimonio del Estado y Loterías y Apuestas del Estado. En su virtud, a propuesta del Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda y del Ministro de Administraciones Públicas, dispongo: Artículo 1. Objeto. La presente Orden se dicta en desarrollo de lo previsto en los artículos 7.4 y 9.3 del Real Decreto 390/1998, de 13 de marzo, por el que se regulan las funciones y la estructura orgánica de las Delegaciones de Economía y Hacienda, con objeto de completar la regulación relativa a las distintas Dependencias que las integran. Artículo 2. Adjunto al Delegado de Economía y Hacienda. 1. En las Delegaciones Especiales de Economía y Hacienda de Andalucía, Castilla y León y Cataluña, existirá un Delegado adjunto. 2. Los Delegados adjuntos ejercerán las funciones de asistencia, coordinación e impulso de la gestión, control del personal, administración e información interna de la Delegación, y las demás, incluidas las de representación, que les encomiende el Delegado de Economía y Hacienda. Artículo 3. Suplencia y representación. 1. En los casos de ausencia, vacante o enfermedad, el Delegado especial de Economía y Hacienda será suplido por el funcionario que designe el Subsecretario de Economía y Hacienda. El Delegado especial designará en estos casos, al suplente de los Delegados de su ámbito territorial. 2. En tanto no se realice designación por el Subsecretario o el Delegado especial, la suplencia recaerá en el Delegado adjunto o, en su defecto, en el funcionario que designe el Delegado especial ...
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