Case of Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil nº 323/2002, of April 10, 2002

Tribunal Supremo

Appeal nº 3515/1996, Reporting Judge Jesús Corbal Fernández
Case Law No.323/2002
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Id. vLex: VLEX-15039913

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INTERPRETACIÓN DE NEGOCIO JURÍDICO:la función interpretativa de los negocios jurídicos le corresponde a los Tribunales de instancia de tal manera que no puede ser objeto de revisión en casación salvo que la apreciación de la resolución recurrida fuere ilegal, arbitraria, o contraria a las reglas del raciocinio lógico. CONDICIÓN RESOLUTORIA TÁCITA: Desaparición de la base del negocio que priva a éste de su sentido. ACCESION: Construcción extralimitada de mala fe: aplicación por analogía del art. 362 CC.

Core Citations:

APPLIES
Código Civil.
Decreto de 8 de febrero de 1946, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Hipotecaria.

Citations:

Headnotes:

Propiedad
     Derecho de accesión
          Respecto a los bienes inmuebles
Inmatriculación
     Inmatriculación de fincas
          Títulos públicos de adquisición
Obligaciones
     Obligaciones puras
Usucapión
     Usucapión ordinaria
          Bienes inmuebles
Accidente de trabajo
     Accidente en itinere:
Obligaciones
     Naturaleza y efectos
          Obligaciones de dar
               Condiciones para la suspensión de la obligación
Contratos
     Interpretación del contrato
          Intención
Prescripción
     Prescripción de dominio o adquisitiva
Obligaciones
     Obligaciones condicionales
          Concepto
Donación
Contratos
     Duración del contrato
          Perfección
Contratos
     Interpretación del contrato
          Norma general
Compraventa
Mala fe
     Por accesión de bienes

Extract:

Case of Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil nº 323/2002, of April 10, 2002

D. TEOFILO ORTEGA TORRESD. ROMAN GARCIA VARELAD. JESUS CORBAL FERNANDEZ

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a diez de Abril de dos mil dos.

Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados al margen indicados el recurso de casación contra la Sentencia dictada en grado de apelación por la Audiencia Provincial de Zamora, como consecuencia de autos de juicio declarativo ordinario de menor cuantía, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia de Toro, sobre revocación de donación; cuyo recurso fue interpuesto por LA COMUNIDAD RELIGIOSA DEL CONVENTO DE DIRECCION001 EL REAL de la Ciudad de Toro, representado por la Procurador Dª. Mercedes Marín Iribarren; siendo parte recurrida D. Bárbara , representado por el Procurador D. Federico José Olivares Santiago.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- 1.- El Procurador D. Manuel Merino Palazuelo, en nombre y representación de la Comunidad del Convento DIRECCION001 El Real de la Ciudad de Toro, interpuso demanda de juicio de menor cuantía ante el Juzgado de Primera Instancia de Toro, siendo parte demandada D. Bárbara , alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación para terminar suplicando al Juzgado dictase en su día sentencia "por la que: 1º).- Con revocación de la donación referida o, subsidiariamente, con resolución del contrato de compraventa celebrado entre mi representada y el demandado: A).- Se condene al demandado Dn. Bárbara a entregar a mi representada la Comunidad del Convento DIRECCION001 El Real la finca descrita en el Hecho Cuarto de la presente demanda, con todas sus pertenencias, construcciones y accesorios, sin derecho a indemnización de ningún tipo o, subsidiariamente, con derecho a ser indemnizado en la cantidad o precio que la actora haya de satisfacer al demandado, atendido el resultado de la prueba que se practique o difiriendo tal determinación al periodo de ejecución de sentencia. B).- Se condene al demandado o a quien de él traiga causa a desalojar las dependencias que integran la finca descrita en el mencionado hecho Cuarto de la demanda, dejándola completamente libre y a disposición de mi representada dentro del plazo que se señale en la propia sentencia o en periodo de ejecución de sentencia, con apercibimiento de que, en otro caso serán lanzados a su costa; C).- Se decreta la cancelación de la inscripción de dominio y de cuantos asientos obren en el Registro de la Propiedad de Toro a favor del demandado D. Bárbara , en todo aquello que se oponga o contradiga los derechos que se declaren por la sentencia que se dicte, para ...

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