Direccion General de Tributos - Consultas
Regulation: Ley 37/1992 art 24 y ss, RD 1624/1992 art 44, Ley 40/1998 art 82, RD 214/1999 art 70, 88
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Id. vLex: VLEX-15042724
Un apicultor efectúa ventas de: abejas (enjambre), y colmenas con abejas a otro apicultor con el que existe parentesco y ventas de miel a un almacenista.
De otra parte, un ganadero de cabras vende éstas a otro ganadero, con el que existe parentesco.1) Régimen en el Impuesto sobre el Valor Añadido aplicable a las ventas de abejas (enjambre), y colmenas con abejas, a otro apicultor con el que existe parentesco y ventas de miel a u...

REAL DECRETO 214/1999, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Ley 40/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras Normas Tributarias. de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras Normas Tributarias. - Artículo 82
Ley 37/1992, del 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido del 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido - Artículos 124 , 125
Consulta no Vinculante of Subdirección General de Tributos nº 0314-99, of March 12, 1999
Respecto a la primera cuestión planteada sobre el régimen de IVA aplicable a las ventas de abejas (enjambre), y colmenas con abejas a otro apicultor y ventas de miel a un almacenista realizadas todas ellas por un apicultor, debe determinarse en primer lugar si el vendedor está o no incluido en el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca.
El artículo 124.Uno de la Ley 37/1992, del Impuesto sobre el Valor Añadido dispone que:"...
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