Direccion General de Tributos - Consultas
Regulation: Ley 37/1992 art. 89-uno-cinco
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Id. vLex: VLEX-15069565
La entidad consultante se dedica a la explotación de máquinas de juegos en recintos feriales, habiendo tributado durante el año 1999 y 2000 al tipo del 16 por ciento, siendo el tipo correcto el 7 por ciento. Ha solicitado la devolución de ingresos indebidos a la Administración Tributaria correspondiente, siendo denegado por no estar identificado el destinatario.
Posibilidad de recuperación del IVA repercutido en exceso mediante la rectificación de las facturas emitidas, aunque no conste el nombre del destinatario.

Ley 230/1963, de 28 de diciembre, general tributaria . de 28 de diciembre, general tributaria . - Artículo 107
Ley 37/1992, del 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido del 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido
Impuesto sobre el valor añadido
Ley 37/1992, del 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido
Consulta no Vinculante of Subdirección General de Impuestos sobre el consumo nº 0387-02, of March 11, 2002
1.- El artículo 89, apartado Uno, de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (Boletín Oficial del Estado del 29), dispone que los sujetos pasivos deberán efectuar la rectificación ...
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