BOE. Boletín Oficial del Estado, January 11, 1999 (Nbr. 9)
III - Otras Disposiciones - Ministerio del Interior
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Ley 6/1997, de 14 de Abril, de organización y funcionamiento de la Administración General del Estado. de 14 de Abril, de organización y funcionamiento de la Administración General del Estado.
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. - Artículo 109
Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. de 1 de julio, del Poder Judicial. - Artículos 66 , 74
Ley 38/1988, de 28 de diciembre de Demarcación y Planta Judicial.
RESOLUCIÓN de 10 de diciembre de 1998, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se hacen públicas las listas de los participantes declarados aptos en las pruebas de selección para Vigilantes de Seguridad y sus especialidades.
RESOLUCIÓN de 10 de diciembre de 1998, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se hacen públicas las listas de los participantes declarados aptos en las pruebas de selección para Vigilantes de Seguridad y sus especialidades.
Concluidas las pruebas de selección para Vigilantes de Seguridad y sus especialidades, convocadas por Resolución de 30 de enero de 1998, de la Secretaría de Estado de Seguridad ('Boletín Oficial del Estado' número 33, de 7 de febrero), se dispone lo siguiente:Primero.--A propuesta del Tribunal calificador, se hacen públicas a la presente la relación de los participantes que han superado las pruebas de selección y son declarados aptos, en los anexos siguientes:Anexo I: Vigilantes de Seguridad.Anexo II: Escoltas Privados.Anexo III: Vigilantes de Explosivos y Sustancias Peligrosas.Segundo.--Para la tramitación de los expedientes de habilitación a que se refiere el punto 5 de la convocatoria, cada participante declarado apto deberá solicitar la expedición de la tarjeta de identidad profesional para Vigilante de Seguridad y sus especialidades, utilizando el modelo de solicitud que se reproduce como anexo IV.La solicitud se presentará preferentemente en la Unidad Central de Seguridad Privada de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana y en los Grupos de Seguridad Privada de las distintas Comisarías provinciales, acompañando los siguientes documentos:a) Tres fotografías, formato carné.b) Justificante acreditativo de haber realizado el ingreso de 8.250 pesetas en concepto de tasa por habilitación de Vigilante de Seguridad y sus respectivas especialidades (artículo 44, apartado 5. Tarifa séptima de la Ley 13/1996), con arreglo al modelo 750 a favor del Tesoro Público, en las entidades bancarias o cajas de ahorros colaboradoras, cuenta restringida de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.El citado modelo 750 será facilitado en las dependencias policiales y deberá ser cumplimentado con los datos correspondientes, señalando como tarifa aplicable la séptima.Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa (artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado), puede interponerse recurso contencioso-administrativo, de conformidad con la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa ante el Tribunal correspondiente y con arreglo a lo dispuesto en los artículos 66 y 74 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 57 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y Planta Judicial, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución.Madrid, 10 de diciembre de 1998.--El Secretario de Estado, Ricardo Martí Fluxá.ANEXO IRelación de participantes declarados aptos en las pruebas de selección para Vigilantes de SeguridadApellidos y nombre DNIAbad Gil, José Julián . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.891.186Abad Gil, Juan Antonio . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13.020.899Abad Martín, Antonio . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45.298.238Abad del Rincón, Mario . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 71.102.132Abajas Gamboa, Francisco Javier . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13.749.197Abel Ledesma, Virginia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.402.579Abela Fernández, Alfredo Antonio . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28.934.670Abella Ortega, Cristina . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.740.839Abián Fontanilla, Miguel Ángel . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.596.064Abril Moreno, Manuel . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.473.201Acedo Hidalgo, Isidro . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.782.417Acero Iglesias, María Teresa . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 38.452.781Achitia Vigara, Ismael . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 78.877.720Achucarro Fernández, José Luis . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.237.342Acosta Julia, Javier . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.340.424Acosta Larriba, José Antonio . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ....
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