BOE. Boletín Oficial del Estado, March 24, 2000 (Nbr. 72)
I - Disposiciones Generales - Ministerio de Economia y Hacienda
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Id. vLex: VLEX-15079745
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Código Civil. - Artículo 97
Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de ordenación y supervisión de los seguros privados. de 8 de noviembre, de ordenación y supervisión de los seguros privados.
RESOLUCIÓN de 2 de marzo de 2000, de la Dirección General de Seguros, por la que se da publicidad a las cuantías de las indemnizaciones por muerte, lesiones permanentes e incapacidad temporal que resultarán de aplicar durante el año 2000 el sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.
RESOLUCIÓN de 2 de marzo de 2000, de la Dirección General de Seguros, por la que se da publicidad a las cuantías de las indemnizaciones por muerte, lesiones permanentes e incapacidad temporal que resultarán de aplicar durante el año 2000 el sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.
La Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor establece que, anualmente, con efectos de primero de enero de cada año, deberán actualizarse las cuantías indemnizatorias que se recogen en el sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación y, en su defecto, quedarán automáticamente actualizadas en el porcentaje del índice general de precios al consumo correspondiente al año natural inmediatamente anterior.En este último supuesto, y con la finalidad de facilitar el conocimiento y aplicación del sistema, la Dirección General de Seguros debe dar publicidad a las cuantías resultantes.Habida cuenta que según datos del Instituto Nacional de Estadística, para el ejercicio de 2000, el índice general de precios al consumo se incrementó en 2,9 por 100, procede actualizar en tal cuantía el sistema de valoración de referencia.No obstante lo anterior, la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, en su disposición adicional decimoquinta, modificó la letra A) de la tabla V de la disposición adicional octava de la Ley 30...
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