Appeal nº 7074/1997, Reporting Judge Juan Antonio Xiol Ríos
Case Law No./
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Id. vLex: VLEX-15087680
Infracción de leyes sociales.
Es aplicable el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social a los trabajadores que prestan los servicios por cuenta ajena en los trabajos de manipulado y envasado de cítricos que se recogen con carácter exclusivo de las explotaciones agrícolas de los socios de las Cooperativas Agrarias, en lugar del Sistema Especial de Manipulado y Envasado de Frutas y Hortalizas.
Constitución Española de 1978. - Artículo 14
LEY 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social. de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social.
LEY 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. - Artículo 102
Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social. de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
Ley 10/1992, de 30 de Abril, de medidas urgentes de reforma procesal. de 30 de Abril, de medidas urgentes de reforma procesal.
Sentencia
Igualdad ante la ley
Regulación constitucional
Agrarias
Seguridad social
Cooperativas
Recurso de casación
Cooperativas
Confesiones religiosas
Libertad religiosa
No discriminación por motivos religiosos
Case of Tribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo nº /, of July 26, 2002
D. JUAN ANTONIO XIOL RIOSD. MARIANO BAENA DEL ALCAZARD. ANTONIO MARTI GARCIAD. RAFAEL FERNANDEZ MONTALVOD. RODOLFO SOTO VAZQUEZ
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a veintiséis de Julio de dos mil dos.Visto por la Sala Tercera del Tribunal Supremo, Sección Cuarta, constituida por los señores al margen anotados, el recurso de casación para unificación de doctrina, que con el número 7074/1997, ante la misma pende de resolución, interpuesto por la procuradora Dª. Isabel Afonso Rodríguez, en nombre y representación de la Sociedad Cooperativa San Isidro Labrador, contra la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, de fecha 29 de abril de 1992, dictada en recurso número 47701/88. Siendo parte recurrida el abogado del Estado en nombre y representación de la Administración General del EstadoANTECEDENTES DE HECHOPRIMERO. - La Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional dictó sentencia el 29 de abril de 1992, cuyo fallo dice: «Fallamos. Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el letrado Sr. Carbonell Martínez, en nombre y representación de la Sociedad Cooperativa San Isidro Labrador, contra las resoluciones a que se contraen las ...
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