ORDEN de 30 de diciembre de 1991, del Consejero de Hacienda y Finanzas, por la que se establece la información económico-financiera que los Entes Públicos de Derecho Privado y Sociedades Públicas deben remitir al Departamento de Hacienda y Finanzas.

BOPV. Boletín Oficial del País Vasco, February 03, 1992 (Nbr. 22)

1 - Disposiciones Normativas - Hacienda y Finanzas
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ORDEN de 30 de diciembre de 1991, del Consejero de Hacienda y Finanzas, por la que se establece la información económico-financiera que los Entes Públicos de Derecho Privado y Sociedades Públicas deben remitir al Departamento de Hacienda y Finanzas.

ORDEN de 30 de diciembre de 1991, del Consejero de Hacienda y Finanzas, por la que se establece la información económico-financiera que los Entes Públicos de Derecho Privado y Sociedades Públicas deben remitir al Departamento de Hacienda y Finanzas.

El Decreto Legislativo 1/1988, de 17 de mayo sobre disposiciones vigentes en materia de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, en su artículo 60, apartado 2, letra b) establece que el control económico-financiero es uno de los modos de ejercer el control interventor de la actividad económica de la Administración

General e Institucional de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Asimismo, el Decreto 505/1991, de 24 de septiembre, por el que se establece la estructura y funciones del Departamento de Hacienda y

Finanzas, asigna a la Dirección de Intervención la competencia en la centralización y distribución de la información deducida de la contabilidad de los Entes integrantes de la Administración

Institucional de la Comunidad Autónoma y la liquidación de los

Presupuestos Generales, de la que forman parte las cuentas anuales de los mismos.

Mediante sucesivas Ordenes, de 8 de octubre de 1985 del Departamento de Economía y Hacienda, y de 22 de diciembre de 1987 del Departamento de Hacienda y Finanzas se implantó un procedimiento de información económico-financiera que ha venido utilizándose hasta el momento actual.

No obstante, tanto la aprobación del nuevo Pian General de

Contabilidad como la puesta en marcha de un sistema informatizado de control y·seguimiento presupuestario de Entes Públicos de Derecho

Privado y Sociedades Públicas, hacen necesaria la adaptación de la información requerida en las órdenes arriba citadas a las exigencias de dicho Plan y de la nueva aplicación informática, implantada en base a conseguir los objetivos de: - agilidad, evitando duplicidades de datos y estarles financieros, y obten...

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