BOPV. Boletín Oficial del País Vasco, June 10, 2002 (Nbr. 108)
1 - Disposiciones Normativas - Vicepresidencia del Gobierno
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Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. - Artículo 8
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. - Artículo 57
Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio publico hidraulico, que desarrolla los Titulos preliminar, i, iv, v, vi y Vii de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de aguas. de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio publico hidraulico, que desarrolla los Titulos preliminar, i, iv, v, vi y Vii de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de aguas.
Real Decreto 1372/1986, de 13 de Junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades locales. de 13 de Junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades locales. - Artículo 110
Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882). - Artículo 13
RESOLUCIÓN 9/2002, de 22 de abril, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación de los Convenios celebrados por el Gobierno Vasco, que se indican.
RESOLUCIÓN 9/2002, de 22 de abril, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación de los Convenios celebrados por el Gobierno Vasco, que se indican. Habiéndose suscrito por el Gobierno Vasco varios Convenios, y a los efectos de darles la publicidad debida, RESUELVO: Artículo único.¿ Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto de los siguientes Convenios: ¿ Acuerdo Interinstitucional para la mejora en la atención a mujeres víctimas de maltrato doméstico y agresiones sexuales, que figura como Anexo I. ¿ Convenio de colaboración con la Diputación Foral de Álava para la determinación de las condiciones de instalación, mantenimiento y explotación de postes de socorro y equipos de comunicaciones destinados a determinadas carreteras y autovías del País Vasco, que figura como Anexo II. ¿ Convenio con el Ayuntamiento de Bilbao sobre promoción de vivienda mixta de protección oficial/social en el área de reparto 819, Olabeaga del Término municipal de Bilbao, que figura como Anexo III. ¿ Convenio de colaboración con la Diputación Foral de Álava, sobre otorgamiento de auxilio económico para la ejecución de obras de saneamiento en la Rioja Alavesa, que figura como Anexo IV. En Vitoria-Gasteiz, a 22 de abril de 2002. El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, JOSÉ LUIS ERREKATXO LABANDIBAR. ANEXO I ACUERDO INTERINSTITUCIONAL PARA LA MEJORA EN LA ATENCIÓN A MUJERES VÍCTIMAS DE MALTRATO DOMÉSTICO Y AGRESIONES SEXUALES. Vitoria-Gasteiz, 18 de octubre de 2001. SE REÚNEN Excmo. Sr. D. Juan José Ibarretxe Markuartu, en representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Excmo. Sr. D. Manuel María Zorrilla Ruiz, en representación del Consejo General del Poder Judicial. Excma. Sra. Dña. María Ángeles Montes Álvaro, en Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. Excmo. Sr. D. Ramón Rabanera Rivacoba, en representación de la Excma. Diputación Foral de Álava. Excmo. Sr. D. Josu Bergara Etxebarria, en representación de la Excma. Diputación Foral de Bizkaia. Excmo. Sr. D. Román Sudupe Olaizola, en representación de la Excma. Diputación Foral de Gipuzkoa. Sr. D. Karmelo Sainz de la Maza Arrola, en representación de Eudel/Asociación de Municipios Vascos. Excmo. Sr. D. José María Muguruza Velilla, en representación del Consejo Vasco de la Abogacía. Ilmo. Sr. D. Enrique Tellería Arratibel, en representación del Consejo Médico Vasco. EXPONEN I.¿ La violencia que en sus diferentes formas se ejerce contra las mujeres supone un serio atentado contra la dignidad e integridad física y moral de éstas y, en consecuencia, una grave e intolerable violación de los derechos humanos. De acuerdo con las opiniones más extendidas, la violencia contra las mujeres tiene su raíz en la situación estructural de desigualdad real en la que se encuentran las mujeres dentro de la sociedad. La dependencia económica, el reparto de papeles y funciones dentro de la familia -en la que la mujer sigue teniendo la consideración de subordinada-, el mantenimiento de estereotipos sexuales, son causas profundas que posibilitan estas agresiones contra las mujeres. II.¿ El maltrato doméstico y las agresiones sexuales son dos formas concretas de violencia contra las mujeres que se producen en todas las edades, grupos sociales, culturas y países y suponen un problema social de enorme magnitud, debido a su gran incidencia en nuestra población (en 1999, en la CAE, se produjeron 580 por maltrato doméstico y 289 denuncias por agresiones sexuales), a la gravedad de las secuelas tanto físicas como psíquicas producidas en las víctimas, así como al alto coste social y económico que supone para toda sociedad. La naturaleza de estas agresiones, -fundamentalmente el hecho de que se produzcan mayoritariamente en el ámbito familiar y que tradicionalmente haya existido una amplia tolerancia social ante estas conductas- hace que las víctimas, en muchos casos, se encuentren en una especial situación de indefensión. Por ello, es fundamental la intervención coordinada y el establecimiento de procedimientos homogéneos de actuación por parte de los poderes públicos, de modo que se garantice una protección integral (sanitaria, policial, judicial y social) a las víctimas. Asimismo, el establecimiento de este tipo de procedimientos favorecerá la puesta a disposición judicial de la persona agresora y reducirá el sentimiento de impunidad que existe en la sociedad en relación a este tipo de conductas delictivas. III.¿ La necesidad de la intervención por parte de los poderes públicos para erradicar la violencia contra las mujeres está recogida, entre otros, en los siguientes documentos internacionales: Convención de las Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (1979); Declaración de Viena sobre la eliminación de la violencia contra la mujer (1993); Declaración y Plataforma...
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