Appeal nº 6547/1995, Reporting Judge GOTA LOSADA, ALFONSO
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TRIBUTOS LIQUIDACIONES. EXENCIONES. La Oficina Nacional de la Dirección General de Inspección Financiera y Tributaria, del Ministerio de Economía y Hacienda, se hallaba obligada a respetar tal Resolución, y sólo le cabía, si no estaba conforme con ella, proponer la declaración de lesividad, como requisito procesal para su impugnación ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, pero lo que no podía era ignorarla, desconocerla o incumplirla. Se desestima el recurso de casación.

Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación. de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación. - Artículos 65 , 68
Real Decreto 2609/1981, de 19 de Octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto general sobre el Trafico de las Empresas. de 19 de Octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto general sobre el Trafico de las Empresas.
LEY 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. - Artículo 95
Ley 230/1963, de 28 de diciembre, general tributaria . de 28 de diciembre, general tributaria . - Artículos 155 , 160
Ley 10/1992, de 30 de Abril, de medidas urgentes de reforma procesal. de 30 de Abril, de medidas urgentes de reforma procesal.
REAL DECRETO 2244/1979, de 7 de septiembre, por el que se reglamenta el recurso de reposición previo al económico-administrativo. de 7 de septiembre, por el que se reglamenta el recurso de reposición previo al económico-administrativo.
Recurso de casación
Case of Tribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, of January 26, 2001
D. PASCUAL SALA SANCHEZD. JAIME ROUANET MOSCARDOD. RAMON RODRIGUEZ ARRIBASD. JOSE MATEO DIAZD. ALFONSO GOTA LOSADA
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a veintiséis de Enero de dos mil uno. La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha pronunciado la presente Sentencia en el recurso de casación nº 6547/95, interpuesto por la ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, contra sentencia, s/n, dictada con fecha 3 de Mayo de 1995 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo -Sección Sexta- de la Audiencia Nacional, recaída en el recurso contencioso- administrativo nº 06/0002645/1992, interpuesto por la entidad mercantil FOMENTO DE CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS, S.A., contra la resolución de 30 de Septiembre de 1992 del Tribunal Económico Administrativo Central, que desestimó la reclamación económico-administrativa nº R.G. 7993-89 y R.S. 222-90-I, seguida contra liquidación de la Oficina Nacional de Inspección de la Dirección General de Inspección Financiera y Tributaria, por el concepto de Impuesto General sobre el Tráfico de las Empresas, correspondiente al 3º y 4º trimestre de 1985 y 1º trimestre de 1986, por cuantía de 337.649.732 pesetas. Ha sido parte rec...
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