Appeal nº 3608/1999, Reporting Judge DELGADO GARCIA, JOAQUIN
Case Law No.1778/2000
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Id. vLex: VLEX-15199318
APPLIES
Código Civil.
Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Constitución Española de 1978.

Constitución Española de 1978. - Artículos 9 , 24 , 25 , 120
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. de 23 de noviembre, del Código Penal. - Artículos 10 , 21 , 66 , 68 , 74 , 110 , 115 , 127 , 368 , 369
Código Civil. - Artículos 1249 , 1253
Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. de 1 de julio, del Poder Judicial. - Artículos 5 , 248
Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882). - Artículos 742 , 849 , 851 , 901
Recurso de casación
Daños
Aplicación de las penas
Delito
Decomiso
Delitos contra la seguridad pública
Administración de justicia
Poder judicial y potestad sancionadora
Delitos cometidos por medio de la imprenta
Presunciones
Cuestiones generales
Concepto
Responsabilidad civil
Daño moral
Concurso de delitos
Trafico de drogas
Presunciones
Clases
Presunciones no admitidas en la ley
Case of Tribunal Supremo - Sala Segunda, de lo Penal nº 1778/2000, of November 21, 2000
En el recurso de casación por quebrantamiento de forma e infracción de Ley y de precepto constitucional, que ante este Tribunal pende, interpuesto por la procesada F.I.C.A. contra la sentencia dictada el 7 de julio de 1999, por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Valencia, que la condenó por delito contra la salud pública , los componentes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, que al margen se expresan, se han constituido para su vista y fallo bajo la presidencia del primero de los indicados y ponencia del Excmo. Sr. D. J.D.G., siendo también parte el Ministerio Fiscal, estando dicha recurrente representada por la Procuradora Sra. C.L..
ANTECEDENTES1.- El Juzgado de Instrucción número 10 de Valencia instruyó Sumario con el nº, 6/98 contra F.I.C.A. que, una vez concluso remitió a la Sección Primera de la Audiencia Provincial de esa misma Capital que, con fecha 7 de julio de 1999, dictó sentencia que contiene los siguientes HECHOS PROBADOS:"Probado, y así se declara, que: UNICO.- Funcionarios de policía durante el curso de una investigación sobre el robo de una administración de lotería, pudieron comprobar que el principal sospechoso entraba en contacto con la procesada, F.I.C. A., mayor de edad y sin antecedentes penales, quien incluso le hizo entrega por lo visto de una bolsa conteniendo una importante cantidad de dinero. Por lo que decidieron solicitar del Juzgado de Instrucción la oportuna orden de entrada y registro en el domicilio de la procesada, sito en la calle del M.N.1.P.5., y en el "Pub Sándalo" que regenta en la calle L.N.3.D. esta Ciudad, con obj...
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