Appeal nº 8244/1996, Reporting Judge GODED MIRANDA, MANUEL
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Id. vLex: VLEX-15199911
"OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO. La sentencia impugnada incurre en incongruencia omisiva, ya que no ha resuelto sobre la causa de inadmisibilidad del recurso alegada por la Diputación Provincial. La legitimación de la funcionaria debe limitarse a solicitar y obtener la convocatoria del procedimiento de provisión de los puestos de trabajo a los que pudiera tener derecho a acceder, pero no de los puestos de trabajo a los que no tiene derecho a acceder, pues respecto a dichos puestos carece tanto de derecho subjetivo como de interés legítimo. Debemos estimar la causa de inadmisibilidad del recurso consistente en la falta de legitimación de la actora en cuanto a la segunda pretensión que hace valer, pero limitando dicha falta de legitimación a los puestos de trabajo a los que no tiene derecho a acceder. La estimación del motivo no afecta a la declaración de nulidad de pleno derecho del Decreto Foral 65/1.993, declaración que subsiste íntegramente. Las plazas vacantes que deben ser objeto de la Oferta de Empleo Público son las que no puedan ser cubiertas con los efectivos de personal existente. El procedimiento de provisión de las vacantes ha de ser previo a la formulación de la Oferta deEmpleo Público, pues a resultas de aquél, se obtendrán las plazas dotadas que no puedan sercubiertas y que conforman las vacantes que integran la Oferta de Empleo Público,procedimiento de provisión que no ha seguido la Diputación Foral. Esa falta de determinaciónde las vacantes existentes, previo el concurso unitario preceptivo, es la que determina la nulidaddel Decreto Foral 65/1.993. En el proceso contencioso-administrativo se estima el recurso dedicho orden jurisdiccional. Se estima parcialmente la casación."

Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil - Artículo 359
Oferta publica de empleo
Funcionario
Diputación
Función publica
Administración del Estado
Oposiciones y concursos
Case of Tribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, of March 12, 2001
D. MANUEL GODED MIRANDAD. JUAN JOSE GONZALEZ RIVASD. FERNANDO MARTIN GONZALEZD. NICOLAS ANTONIO MAURANDI GUILLEN
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a doce de Marzo de dos mil uno. Visto por la Sala Tercera del Tribunal Supremo, constituida por los señores arriba anotados, el recurso de casación que con el número 8.244/96 ante la misma pende de resolución, interpuesto por el Procurador Don Julián del Olmo Pastor, en nombre de la Excma. Diputación Foral de Bizkaia, contra la sentencia dictada el 28 de junio de 1.996 por la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el recurso número 2.624/93, sobre impugnación del De...
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