Appeal nº 1823/1999, Reporting Judge BOTANA LOPEZ, JOSE MARIA
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Id. vLex: VLEX-15201090
PRESTACIONES DE DESEMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL. Si el legislador ha considerado, a la vista de la situación económica y social, rebajar el umbral de la carencia de rentas que da derecho al subsidio asistencial de desempleo, y si este umbral es el acogido por analogía por la jurisprudencia a efectos de las prestaciones en favor de familiares del art. 176 de la LGSS, es necesario aplicar desde la fecha de su vigencia el nuevo límite numérico. Es ello una consecuencia obligada de la técnica de la aplicación analógica, que exige siempre el punto de apoyo de una norma legal en vigor. Se desestima la casación.
APPLIES
Constitución Española de 1978.

Constitución Española de 1978. - Artículo 117
Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral. de 7 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral. - Artículo 217
REAL DECRETO-LEY 22/1993, de 29 de Diciembre, por el que se establece las Bases para la Regulacion de Horarios comerciales. de 29 de Diciembre, por el que se establece las Bases para la Regulacion de Horarios comerciales.
Real Decreto 625/1985, de 2 de abril, por el que se desarrolla la Ley 31/1984, de 2 de agosto, de Proteccion por desempleo. de 2 de abril, por el que se desarrolla la Ley 31/1984, de 2 de agosto, de Proteccion por desempleo. - Artículo 18
Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social. de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social. - Artículo 91
Prestaciones de desempleo y de seguridad social
Trabajador
Case of Tribunal Supremo - Sala Cuarta, de lo Social, of March 27, 2000
Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala en virtud de recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el Procurador de los Tribunales D. Ramiro Reynolds de Miguel, en nombre y representación del INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, frente a la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, de fecha 9 de abril de 1999, dictada en el recurso de suplicación número 2168/98, formulado por la actora, contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 4 de Oviedo, de fecha 21 de mayo de 1998, dictada en virtud de demanda formulada por DOÑA G.G.R., frente a LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, en reclamación de PRESTACIÓN EN FAVOR DE FAMILIARES.
ANTEC...
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