Appeal nº 483/1995, Reporting Judge SIERRA GIL DE LA CUESTA, IGNACIO
Case Law No.96/2000
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Id. vLex: VLEX-15201770
PROPIEDAD HORIZONTAL. LITISCONSORCIO PASIVO NECESARIO. INTERVENCION DEL AYUNTAMIENTO. COMPETENCIA. Si desde luego es cierto que la figura de creación jurisprudencial del litisconsorcio pasivo necesario tiende a evitar que puedan resultar afectados directamente por una resolución judicial quienes no fueron oídos en juicio y, a impedir la posibilidad de sentencias contradictorias, no es menos cierto que únicamente ha de entrar en juego y producir sus efectos con respecto a aquellas personas que verdaderamente hubieran tenido intervención en la relación contractual o jurídica objeto del litigio. Se estima parcialmente la demanda. A la apelación no ha lugar. A la casación no ha lugar.
APPLIES
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Constitución Española de 1978.

Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil - Artículos 51 , 53 , 74 , 1692 , 1715
Constitución Española de 1978. - Artículo 15
Administrado
Competencia territorial
Fuero
Fuero general de las persona jurídicas y de los entes sin personalidad
Litis consorcio
Cuestiones generales
Competencia territorial
Demandados
Domicilio
Proceso Civil
Fuero territorial
Case of Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil nº 96/2000, of February 10, 2000
Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Excmos. Sres. Magistrados al margen indicados, el recurso de casación interpuesto por la mercantil "PORT CRISTAL, S.A.", representado por el Procurador de los Tribunales D. Enrique S.T., contra la sentencia dictada en grado de apelación con fecha 7 de diciembre de 1.994 por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Tarragona, dimanante del juicio de menor cuantía seguido en el Juzgado de Primera Instancia número Cinco de los de Reus. Es parte recurrida en el presente recurso LAS COMUNIDADES DE PROPIETARIOS DE LOS EDIFICIOS OPTIMIST, CATAMARAN, GOLETA Y
1ª FASE DE APARCAMIENTOS DE LA URBANIZACION PLAYA CRISTAL DE MIAMI-PLAYA, representadas por el Procurador de los Tribunales D. José L.F. Recuero.ANTECEDENTES DE HECHOPRIMERO.- El Juzgado de Primera Instancia Número 5 de los de Reus, conoció el juicio de menor cuantía número 300/92, seguido a instancia de las Comunidades de Propietarios de los Edificios Optimis, Catamaran, Goleta y 1ª fase de aparcamientos del conjunto residencial "Por...
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