Appeal nº 1282/1996, Reporting Judge ALMAGRO NOSETE, JOSE
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Id. vLex: VLEX-15203182
CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. Es obligado dar ocasión a la parte actora a fin de que supla el error material consistente en la omisión de la petición de pronunciamiento respecto a una persona contra la que había dirigido su demanda. Se desestima el recurso de casación.

Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil - Artículos 597 , 1692 , 1715
Constitución Española de 1978. - Artículo 24
Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. - Artículos 25 , 28
Código Civil. - Artículos 1225 , 1232 , 1281 , 1903
Seguro de asistencia sanitaria
Recurrido
Consumidores y usuarios
Consumidores y usuarios
Consumidores y usuarios
Garantías y responsabilidades
Recursos
Accidente de trabajo
Accidente en itinere:
Contratos de seguros
Tercerías
Tercería de dominio
Prohibiciones
Proceso civil
Consumidores
Garantías y responsabilidades
Daños y perjuicios
Protección de los consumidores
Consumidores y Usuarios
Organizaciones de consumidores
Consumidores
Garantías y responsabilidades
Indemnización
Contratos
Interpretación del contrato
Norma general
Proceso civil
Contrato de seguro
Case of Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil, of June 19, 2001
D. JOSE ALMAGRO NOSETED. XAVIER O'CALLAGHAN MUÑOZD. FRANCISCO MARIN CASTAN
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a diecinueve de Junio de dos mil uno.Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados indicados al margen el recurso de casación contra la sentencia dictada en grado de apelación por la Audiencia Provincial de Murcia, Sección Tercera, como consecuencia de autos, juicio de menor cuantía, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número ocho de Cartagena, sobre reclamación de cantidad, cuyo recurso fue interpuesto por la entidad Asistencia Sanitaria Interprovincial S.A. representada por el Procurador de los tribunales Don Antonio Miguel Angel Araque Almendros, en el que es recurrido Don Jose María representado por la Procuradora de los tribunales Doña Mª José Millán Valero.ANTECEDENTES DE HECH...
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