Appeal nº 6537/1995, Reporting Judge RODRIGUEZ ARRIBAS, RAMON
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Id. vLex: VLEX-15203574
"IMPUESTO GENERAL SOBRE EL TÁFICO DE EMPRESAS. No puede prosperar ninguno de los motivos expuestos y no por que las normas en materia alimentaria no puedan ser utilizadas supletoriamente en la aplicación del Impuesto General sobre el Tráfico de Empresas, sino por que en las que regulan el tributo hay base suficiente para definir los concepto de ""fabricante"" o ""industrial"" y ""comerciante mayorista"", que son las determinantes del tratamiento fiscal del sujeto tributario, a efectos de la aplicación de los tipos correspondientes. De acuerdo con art. 10 del Reglamento del Impuesto General sobre el Tráfico de Empresas resulta evidente que el salado y ahumado constituye un proceso de elaboración de productos, que impide considerar que su transmisión a otros comerciantes productores o industriales se realice en el mismo estado de la adquisición y con ello, que las empresas que realicen tales actividades sean simplemente comerciantes mayoristas. En el proceso contencioso-administrativo se desestima el recurso de dicho orden jurisdiccional. Se desestima la casación."

Constitución Española de 1978. - Artículo 24
Real Decreto 2609/1981, de 19 de Octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto general sobre el Trafico de las Empresas. de 19 de Octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto general sobre el Trafico de las Empresas.
Ley 230/1963, de 28 de diciembre, general tributaria . de 28 de diciembre, general tributaria . - Artículos 9 , 23 , 155
Ley 6/1979, de 25 de septiembre, sobre régimen transitorio de la imposición indirecta. de 25 de septiembre, sobre régimen transitorio de la imposición indirecta.
Ley 10/1992, de 30 de Abril, de medidas urgentes de reforma procesal. de 30 de Abril, de medidas urgentes de reforma procesal.
Impuesto general de trafico de empresas
Impuesto general de trafico de empresas
Administración General del Estado
Case of Tribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, of March 02, 2001
D. PASCUAL SALA SANCHEZD. JAIME ROUANET MOSCARDOD. RAMON RODRIGUEZ ARRIBASD. JOSE MATEO DIAZD. ALFONSO GOTA LOSADA
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a dos de Marzo de dos mil uno. VISTO ante esta Sección Segunda de la Sala Tercera el Recurso de Casación nº. 6537/95, interpuesto por la Cia. Mercantil Hijos de Andrés Molina S.A., representada por la Procuradora Sra. Gomez-Villaboa Mandri, asistida de Letrado, contra la Sentencia dictada , en fecha 25 de Abril de 1995, por la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, en el recurso nº. 220/93 interpuesto por "Hijos de Andrés Molina S.A.", contra el Acuerdo del Tribunal Económico Administrativo Central, de 30 de Octubre de 1991, referente al Impuesto General sobre el Tráfico de Empresas. Comparece como parte...
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