Appeal nº 7119/1996, Reporting Judge SIEIRA MIGUEZ, JOSE MANUEL
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Id. vLex: VLEX-15203869
"EXPROPIACIÓN FORZOSA. EXPROPIACIÓN URGENTE. DEMORA EN LA FIJACIÓN DEL JUSTIPRECIO. INTERESES. DIES A QUO. Se impugnan acuerdos del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Madrid por los que se fija el justiprecio de una finca expropiada. En las expropiaciones de carácter urgente, la determinación del ""dies a quo"" a efectos del cómputo de intereses por la demora en la fijación del justiprecio se produce, como norma general, al día siguiente de la fecha de la efectiva ocupación de los bienes o derechos; por excepción si dicha ocupación se realiza después de transcurridos seis meses desde la declaración de urgencia, el ""dies a quo"" será el siguiente a aquél en que se cumplan los citados seis meses. En primera instancia se admite en parte la demanda. Se estima el recurso de casación."
Justiprecio
Expropiación forzosa
Expropiado
Expropiación forzosa
Case of Tribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, of March 22, 2001
D. PEDRO ANTONIO MATEOS GARCIAD. JUAN ANTONIO XIOL RIOSD. JESUS ERNESTO PECES MORATED. JOSE MANUEL SIEIRA MIGUEZD. ENRIQUE LECUMBERRI MARTID. FRANCISCO GONZALEZ NAVARRO
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a veintidós de Marzo de dos mil uno.Visto por la Sala Tercera, Sección Sexta del Tribunal Supremo constituida por los señores al margen anotados el presente recurso de casación que con el número 7119/1.996 ante la misma pende de resolución interpuesto por la Procuradora Sra. Lorenci Escarpa en nombre y representación de Dña. Margarita contra sentencia de fecha 10 de Mayo de 1.996 dictada en pleito número 3.856/1.993 por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Primera). Siendo parte recurrida el Sr. Abogado del Estado en nombre y representación de la Administración General del EstadoANTECEDENTES DE HECHOPRIMERO.- La sentencia recurrida contiene la parte dispositiva del siguiente tenor: "FALLAMOS: Que estimando en parte el recurso contencioso administrativo interpuesto por la Procuradora de los Tribunales doña Carmen Lorenci Escarpa, en nombre y representación de Dña. Margarita , contra los acuerdos de 3 de Febrero y 7 de Julio de 1.993 del Jurado de Expropiación Forzosa de Madrid, por los que se fija el justiprecio de la finca núm. NUM000 del Proyecto de "Valdeacederas- Ventilla. Manzana núm. 1", expropiada por la Consejería de Política Territorial de la Comunidad de Madrid, declaramos los mencionados acuerdos ajustados a derecho, debiéndose añadir a la cantidad fijada en los mismos los intereses legales correspondientes calculado...
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