Appeal nº 1378/1996, Reporting Judge MARTINEZ-PEREDA RODRIGUEZ, JOSE MANUEL
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Id. vLex: VLEX-15204896
DOCUMENTOS PRIVADOS. El art. 1225 del Código Civil no se aplica a toda clase de documentos privados, sino únicamente a una categoría determinada de ellos: los suscritos por los litigantes ya que tienen por objeto un acto o contrato jurídico, categoría en que no se encuentran los documentos privados de autos, al no estar suscritos por ambas partes litigantes, sino por una de ellas, y en el que la parte recurrida es tercera respecto al mismo y frente a ella dichos documentos no despliegan la fuerza probatoria, que en relación con los otorgantes del mismo, les reconocen los artículos 1225 y 1218,2 citados. Se desestima la casación.

Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil - Artículos 604 , 921 , 1692
Código Civil. - Artículos 1218 , 1225
Documentos
Documentos privados
Documento privado
Documentos
Documentos públicos
Fuerza probatoria
Recursos
Recurrido
Proceso civil
Tercerías
Tercería de dominio
Resolución
Case of Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil, of June 11, 2001
D. JOSE ALMAGRO NOSETED. ANTONIO GULLON BALLESTEROSD. JOSE MANUEL MARTINEZ-PEREDA RODRIGUEZ
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a once de Junio de dos mil uno. Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados al margen indicados, el recurso de casación contra la sentencia dictada en grado de apelación por la Sección 19ª de la Audiencia Provincial de Madrid de fecha 15 de febrero de 1996, como consecuencia del juicio declarativo de menor cuantía seguido ante el Juzgado de Primera Instancia nº 41 de Madrid sobre reclamación de cantidad, interpuesto por la entidad AMAPIN, S.L., representada por la Procuradora, Doña Begoña del Arco Herrero, siendo parte recurrida REXSON IBERICA, S.A., representada por el Procurador, Don Jose Manuel...
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