Appeal nº 811/1996, Reporting Judge GONZALEZ POVEDA, PEDRO
Permanent Link:
http://vlex.com/vid/15205160
Id. vLex: VLEX-15205160
RECURSO DE CASACIÓN. DONACIÓN. MANDATO. NULIDAD. Se recurre la sentencia que estima el recurso de apelación y desestima la sentencia de instancia que estimaba la demanda y declaraba la nulidad de pleno derecho de la donación llevada a cabo. Este simultáneo conocimiento por el donante de la aceptación por el donatario de la liberalidad que se le hace, cuando éste interviene en el otorgamiento de la escritura pública, no resulta alterado en el presente caso por el hecho de que la donante estuviese representada, en virtud del poder que le había otorgado, por una tercera persona, pues de acuerdo con el art. 1727, párrafo primero, del Código Civil el mandante debe cumplir todas las obligaciones que el mandatario haya contraído dentro de los límites del mandato, sin que resulte probado en autos que la mandataria se haya excedido de los límites del mandato conferido. Se desestima el recurso.

Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil - Artículos 533 , 1692 , 1715
Código Civil. - Artículos 623 , 630 , 633 , 1258
Donación
Escritura pública
Obligaciones
Donación de bienes inmuebles
Donación
Recurrido
Donaciones
Perfección
Requisitos
Ejecución provisional
Sentencias de condena dictadas en primera instancia
Revocación
De condenas al pago de cantidad de dinero
Contratos
Duración del contrato
Perfección
Donaciones
Forma
Aceptación
Case of Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil, of March 31, 2001
D. IGNACIO SIERRA GIL DE LA CUESTAD. PEDRO GONZALEZ POVEDAD. ANTONIO GULLON BALLESTEROS
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a treinta y uno de Marzo de dos mil uno.Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados al margen indicados, el presente recurso de casación, contra la sentencia dictada en grado de apelación, por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Barcelona, como consecuencia de autos de juicio declarativo ordinario de menor cuantía, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número Treinta y ocho de dicha ciudad, sobre recla...
If you are already a vLex customer, Access Here