Appeal nº 1795/1996, Reporting Judge DE ASIS GARROTE, JOSE
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Id. vLex: VLEX-15205481
DENEGACIÓN DE CONCESIÓN DE LICENCIA. REQUISITOS. PÓLIZA DE SEGUROS. Se infringe el art. 1281 del Código civil, en relación con la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro, que hay que entenderlo infringido por aplicación indebida, porque la interpretación de la Póliza realizada por la sentencia de la Audiencia, en nada resulta acorde con la realidad contractual, ya que lo preceptuado en la misma no forma parte de los riesgos excluidos, sino que se limita a reflejar lo que la entidad asegurada tenía que haber cumplido de forma general. Se deben observar las normas requeridas en materia de navegación aérea aunque no se hubiese pactado en las Condiciones Generales del Contrato de Seguro, en lo que concierne a que el piloto comandante de la aeronave había de hallarse en posesión de licencia de aptitud correspondiente al tipo de aeronave utilizada, precepto de necesaria observancia a las partes contratantes con independencia de lo que se haya convenido entre los mismos en la Póliza. Denegada la licencia solicitada. Interpuesto recurso de casación fue estimado.

Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil - Artículos 1692 , 1715
Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro. de 8 de octubre, de Contrato de Seguro. - Artículo 20
Código Civil. - Artículos 1256 , 1258 , 1281 , 1288
Ley 48/1960, de 21 de julio sobre Navegación Aérea. - Artículo 126
concesiones y licencias
Accidente de trabajo
Accidente en itinere:
Contratos
Duración del contrato
Consumación
Contratos
Duración del contrato
Perfección
Póliza de seguro
Contratos
Interpretación del contrato
Norma general
Solicitante
Contratos de seguros
Contratos
Interpretación del contrato
Dudas en la interpretación
Case of Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil, of September 21, 2001
D. PEDRO GONZALEZ POVEDAD. FRANCISCO MARIN CASTAND. JOSE DE ASIS GARROTE
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a veintiuno de Septiembre de dos mil uno. VISTO por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Excmos. Sres. Magistrados al margen indicados, el recurso de casación contra la sentencia dictada en grado de apelación, por la Sección Undécima de la Iltma. Audiencia Provincial de Barcelona, como consecuencia de juicio ordinario declarativo de menor cuantía, seguido ante el Juzgado de Primera Instancia número CUARENTA y TRES de dicha capital, sobre reclamación de cantidad, cuyo recurso fue interpuesto por A.G.F. UNION FENIX, SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. (antes denominada La Unión y El Fénix Español, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A.), representada por el Procurador de los Tribunales Don Antonio Ramón Rueda López, en el que es recurrida HELICOPTEROS Y TRANSPORTES AEREOS, S.A. (Antes Servicios Generales Aéreos Sergasa) representada por el Pr...
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