Appeal nº 2101/1996, Reporting Judge DE ASIS GARROTE, JOSE
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Id. vLex: VLEX-15205612
LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD DE GANANCIALES. ACTIVO. PROPIEDAD DE PISO. DERECHOS CORRESPONDIENTES. Estando acreditado el contrato de compraventa sobre la vivienda, así como el pago de parte del precio, han de llevarse al activo del inventario de la sociedad legal de gananciales, los derechos que puedan corresponder a la misma en virtud del contrato de compraventa privado y no la propiedad del mismo. En primera instancia se estima la demanda. Se estima la apelación, incorporándose en el activo de la sociedad de gananciales el piso pretendido. Se hace lugar a la casación, modificándose el activo.

Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil - Artículos 359 , 1692 , 1715
Decreto de 8 de febrero de 1946, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Hipotecaria. - Artículos 20 , 38
Código Civil. - Artículos 609 , 1091 , 1255 , 1396 , 1450 , 1462 , 1466
Régimen económico de gananciales
Compraventa
Convenio respecto del precio y la cosa
Esposa
Case of Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil, of October 22, 2001
D. IGNACIO SIERRA GIL DE LA CUESTAD. FRANCISCO MARIN CASTAND. JOSE DE ASIS GARROTE
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a veintidós de Octubre de dos mil uno. VISTO por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Excmos. Sres. Magistrados al margen indicados, el recurso de casación contra la sentencia dictada en grado de apelación, por la Sección Vigesimosegunda de la Iltma. Audiencia Provincial de Madrid, como consecuencia de juicio ordinario declarativo de menor cuantía, seguido ante el Juzgado de Primera Instancia número VEINTITRES de dicha capital, sobre liquidación de gananciales, cuyo recurso fue interpuesto por DON Jesus Miguel , representado por el Procurador de los Tribunales Don Víctor Requejo Calvo, en el que es recurrida Doña Pilar , no comparecida ante este Tr...
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