Appeal nº 976/2000, Reporting Judge GIMENEZ GARCIA, JOAQUIN
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Id. vLex: VLEX-15206128
RECURSO DE CASACIÓN. DELITO DE APROPIACIÓN INDEBIDA. CAREO. DENEGACIÓN. Se condeno al acusado como autor responsable de un delito continuado de apropiación indebida en concurso ideal con un delito continuado de falsedad en documentos mercantil. Notificada la sentencia a las partes, se preparo recurso de casación. La diligencia de careo no es propiamente una diligencia de prueba, y por tanto su denegación no podrá dar lugar y la formalización de un recurso por el cauce de la denegación de prueba. En efecto, el careo no es sino una confrontación directa entre dos declarantes que sobre el mismo hecho ofrecen dos versiones distintas, por lo que más que medio de prueba autónomo es un enfrentamiento dialéctico cuya admisión viene regida por el principio de necesidad ya que está permitido excepcionalmente y solo a instancia del Juez de instrucción o Presidente del Tribunal. Como tal facultad excepcional, su pertinencia está directamente relacionada con la inmediación judicial que tienen, y por tanto es facultad no revisable en Casación. Por lo que se declaro no haber lugar al recurso de casación interpuesto.

Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil - Artículo 921
Constitución Española de 1978. - Artículo 24
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. de 23 de noviembre, del Código Penal. - Artículos 9 , 61 , 108
Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. de 1 de julio, del Poder Judicial. - Artículos 5 , 247
Aplicación de las penas
Careo
Delito
Administración de justicia
Poder judicial y potestad sancionadora
Recurrido
Denegación de prueba
Careo
Case of Tribunal Supremo - Sala Segunda, de lo Penal, of April 02, 2001
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a dos de Abril de dos mil uno. En los recursos de casación por Infracción de Ley y Quebrantamiento de Forma que ante Nos penden, interpuestos por las representaciones de Caja General de Ahorros de Granada (en concepto de Acusación Particular) y Francisco , contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Jaén, Sección Primera, por delito de apropiación indebida, falsedad en documento mercantil y encubrimiento, los componentes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que arriba se expresan se han constituido para la Votación y Fallo bajo la Presidencia del primero de los indicados y Ponencia del Excmo. Sr. D. JOAQUÍN GIMÉNEZ GARCÍA, siendo también parte el Ministerio Fiscal y estando dichos recurrentes representados por los Procuradores Sra. Montes Agustí y Sr. Codes Feijoo, respectivamente; siendo parte recurrida Rodrigo , representador por el Procurador Sr. Codes Feijoo, Paulino , representado por el Procurador Sra. González García, Beatriz y Rebeca , represent...
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