Case of Tribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, of October 18, 2001

Tribunal Supremo

Appeal nº 7051/1997, Reporting Judge ALVAREZ-CIENFUEGOS SUAREZ, JOSE MARIA

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Id. vLex: VLEX-15210311

Summary:

OBJECIÓN DE CONCIENCIA. El art. 8 de la Ley 48/1984 y de los arts. 32 y 33.1 y 2 del Reglamento aprobado por Real Decreto 20/1988 ponen de manifiesto que no hay base alguna para apreciar la procedencia del pase a la situación de reserva que pretenden los recurrentes por el transcurso del plazo de un año desde el reconocimiento del derecho a la objeción de conciencia hasta la declaración de útil, sin que tampoco exista contradicción alguna entre la regulación legal y reglamentaria. La duración de la situación de disponibilidad es, como regla general, de un año pero contado desde la declaración de útil hasta que el objetor inicie la situación de actividad o pase directamente a la reserva. Al predicarse la conformidad a derecho de los Acuerdos recurridos, implica la inexistencia de una eventual responsabilidad patrimonial de la Administración. En el proceso contencioso-administrativo se estima el recurso de dicho orden jurisdiccional. Se estima la casación.

Citations:

Headnotes:

Igualdad ante la ley
     Regulación constitucional
Objeción de conciencia
Administración General del Estado
Administración de justicia
     Organización judicial
          Extensión y límites de la jurisdicción
Derechos y libertades fundamentales
Objeción de conciencia
Confesiones religiosas
     Libertad religiosa
          No discriminación por motivos religiosos

Extract:

Case of Tribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, of October 18, 2001

D. PEDRO ANTONIO MATEOS GARCIAD. JESUS ERNESTO PECES MORATED. JOSE MANUEL SIEIRA MIGUEZD. ENRIQUE LECUMBERRI MARTID. JOSE MARIA ALVAREZ-CIENFUEGOS SUAREZD. FRANCISCO GONZALEZ NAVARRO

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a dieciocho de Octubre de dos mil uno.

Visto por la Sección Sexta, de la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo, del Tribunal Supremo, compuesta por los Magistrados expresados al margen, el Recurso de Casación promovido por La Administración General del Estado, contra la Sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, de Extremadura de 13 de junio de 1997, siendo la parte recurrida Don Román Velasco Fernández, Procurador de los Tribunales, actuando en nombre y representación de Don Val...

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