Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa. Dirección General de Centros.- Resolución conjunta de 31 de mayo de 2000, por la que se dictan instrucciones para la cumplimentación del Libro de Escolaridad de la Enseñanza Básica.

Boletín Oficial de Canarias , June 19, 2000 (Nbr. 2000/075)

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes
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Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa. Dirección General de Centros.- Resolución conjunta de 31 de mayo de 2000, por la que se dictan instrucciones para la cumplimentación del Libro de Escolaridad de la Enseñanza Básica.

La Orden Ministerial de 30 de octubre de 1992 (B.O.E. de 11 de noviembre), por la que se establecen los elementos básicos de los informes de evaluación de las Enseñanzas de Régimen General reguladas por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, así como los requisitos formales derivados del proceso de evaluación que son precisos para garantizar la movilidad de los alumnos, modificada por la Orden Ministerial de 2 de abril de 1993 (B.O.E. de 15 de abril), regula el Libro de Escolaridad de la Enseñanza Básica y dispone que éste será editado por las Administraciones Educativas con plenas competencias en materia educativa, que establecerán también el procedimiento de solicitud del citado documento. Editado el Libro de Escolaridad de la Enseñanza Básica por la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, para su ámbito de gestión y publicada la Resolución conjunta de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa y de la Dirección General de Centros de 21 de mayo de 1996, por la que se dictan instrucciones para la solicitud, distribución, registro y cumplimentación de los Libros de Escolaridad de la Enseñanza Básica (B.O.C. de 19 de junio), y dada la experiencia acumulada durante el período de anticipación de las enseñanzas básicas y que desde el curso académico 1999/2000 se generaliza la Educación Secundaria Obligatoria se hace necesario actualizar aquella Resolución para la cumplimentación del Libro de Escolaridad y proceder a su publicación. Por lo cual, teniendo en cuenta lo dispuesto en la Orden Ministerial de 30 de octubre de 1992 y la Orden Territorial de 13 de mayo de 1999, sobre Evaluación en la Educación Secundaria Obligatoria (B.O.C. de 7 de junio), y en uso de las atribuciones que nos confiere el Decreto 305/1991, de 29 de noviembre, por el que se regula el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, estas Direcciones Generales, RESUELVEN I. ASPECTOS GENERALES. 1. De acuerdo con lo previsto en la Orden Ministerial de 20 de octubre de 1992, se consideran documentos del proceso de evaluación para las enseñanzas de Régimen General de Educa...

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