Case of Tribunal Superior de Justicia - Castilla-La Mancha nº 830/2002, of May 09, 2002

Tribunales Superiores de Justicia

Recurso nº 546/2001
Case Law No.830/2002
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Summary:

CLASIFICACIÓN PROFESIONAL. COMPETENCIA FUNCIONAL. La actora pretende que se le reconozca el derecho a quedar encuadrada en otro grupo profesional, por lo que ejercita un interés meramente individual, sin que el éxito de la acción afecte a la integridad del Convenio. No se postula una declaración general de nulidad o ilegalidad de determinados preceptos del Convenio, sino que la actora se limita a ejercer una acción de defensa de sus intereses propios, por lo que el Juzgado de instancia es el competente para conocer de la pretensión ejercitada. En primera instancia se declara la incompetencia funcional del Juzgado para conocer de la impugnación de Convenio Colectivo. Se estima el recurso de suplicación, anulándose la sentencia de instancia, ordenándose se dicte una nueva que resuelva el fondo de la cuestión.

Citations:

Headnotes:

Procedimientos laborales especiales
     Derecho electoral
          Impugnación de resolución administrativa
Grupos profesionales
Clasificación profesional
     Grupo profesional
Conflictos de jurisdicción y de competencia
Cuestiones de competencia
Convenio colectivo
     Procedimiento
          Validez
Trabajador
Conflictos de jurisdicción
Procedimientos laborales especiales
     Clasificación Profesional
Recurso de suplicación
     Competencia
Juicio sobre clasificación profesional
Clasificación profesional

Extract:

Case of Tribunal Superior de Justicia - Castilla-La Mancha nº 830/2002, of May 09, 2002

DON JOSÉ I. F. J. Secretario de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (Albacete).

CERTIFICO: Que en el Recurso que a continuación se hace referencia se ha dictado la siguiente Resolución:

Recurso nº 546/01.-

Ponente: Sr S. G. P..-

Fallo: 9-5-02.-

Iltmo. Sr. D. José Montiel González

Presidente

Iltmo. Sr. D. Pedro Librán Sáinz de Baranda

Iltmo. Sr. D. José Ramón Solís García del Pozo

================================================================

En Albacete, a nueve de mayo de dos mil dos.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados citados al margen, y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A Nº 830

En el Recurso de Suplicación número 546/01, inter...

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