Tribunales Superiores de Justicia
Recurso nº 546/2001
Case Law No.830/2002
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Id. vLex: VLEX-15321153
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CLASIFICACIÓN PROFESIONAL. COMPETENCIA FUNCIONAL. La actora pretende que se le reconozca el derecho a quedar encuadrada en otro grupo profesional, por lo que ejercita un interés meramente individual, sin que el éxito de la acción afecte a la integridad del Convenio. No se postula una declaración general de nulidad o ilegalidad de determinados preceptos del Convenio, sino que la actora se limita a ejercer una acción de defensa de sus intereses propios, por lo que el Juzgado de instancia es el competente para conocer de la pretensión ejercitada. En primera instancia se declara la incompetencia funcional del Juzgado para conocer de la impugnación de Convenio Colectivo. Se estima el recurso de suplicación, anulándose la sentencia de instancia, ordenándose se dicte una nueva que resuelva el fondo de la cuestión.

Constitución Española de 1978. - Artículo 24
Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. - Artículo 90
Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral. de 7 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral. - Artículos 136 , 189 , 219 , 228
Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. de 1 de julio, del Poder Judicial. - Artículo 238
Procedimientos laborales especiales
Derecho electoral
Impugnación de resolución administrativa
Grupos profesionales
Clasificación profesional
Grupo profesional
Conflictos de jurisdicción y de competencia
Cuestiones de competencia
Convenio colectivo
Procedimiento
Validez
Trabajador
Conflictos de jurisdicción
Procedimientos laborales especiales
Clasificación Profesional
Recurso de suplicación
Competencia
Juicio sobre clasificación profesional
Clasificación profesional
Case of Tribunal Superior de Justicia - Castilla-La Mancha nº 830/2002, of May 09, 2002
DON JOSÉ I. F. J. Secretario de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (Albacete).
CERTIFICO: Que en el Recurso que a continuación se hace referencia se ha dictado la siguiente Resolución:Recurso nº 546/01.-Ponente: Sr S. G. P..-Fallo: 9-5-02.-Iltmo. Sr. D. José Montiel González PresidenteIltmo. Sr. D. Pedro Librán Sáinz de BarandaIltmo. Sr. D. José Ramón Solís García del Pozo================================================================ En Albacete, a nueve de mayo de dos mil dos. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados citados al margen, yEN NOMBRE DEL REYha dictado la siguienteS E N T E N C I A Nº 830 En el Recurso de Suplicación número 546/01, inter...
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